Cámara confirma procesamiento y prisión preventiva en caso de violencia de género

Cipolletti.- La Cámara Primera del Crimen de Cipolletti confirmó el procesamiento y prisión preventiva contra un hombre acusado de ingresar ilegítimamente al domicilio de su exmujer y atacarla. El defensor del hombre había apelado la imputación recaída a su asistido por violación de de domicilio, abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa y amenazas. De igual modo había cuestionado la medida de encierro cautelar dispuesta por el Juzgado de Instrucción Nro.4, por considerar que viola las garantías individuales y pidió en contrapartida que se le fije una fianza

Los magistrados Julio Sueldo y Alejandra Berenguer sostuvieron al momento de resolver que en esta instancia procesal resulta suficiente el grado de probabilidad sobre la existencia fáctica del hecho delictivo y la participación penal responsable del imputado. Al existir dos votos coincidentes el camarista Álvaro Meynet se abstuvo de emitir opinión.

“Se advierte que tales argumentos defensivos no pueden prosperar. Así sobre la existencia y más allá de los dichos claros, precisos y concordantes de la denunciante, se cuenta con prueba independiente que los abona absolutamente” argumentaron.

“Al momento corresponde expedirnos en relación a la procedencia o no del encierro cautelar. Entendemos que debe confirmarse, toda vez que se encuentra debidamente argumentado y justificado en la decisión cuestionada. Así existe un peligro real y concreto respecto de la víctima, no se trata ya de una manifestación dogmática, sino por el contrario los elementos probatorios reunidos permiten sostener que la prisión preventiva se impone en el caso como la única medida idónea que permite prevenir la violencia respecto de la mujer víctima (tal lo establece la Convención de Belem do Para, citada por el Instructor). Así los hechos violentos señalados en autos tanto previa como posteriormente a los aquí investigados, dan cuenta de la violencia y persistencia en la conducta de (el acusado) respecto de su ex-pareja” sostuvieron los magistrados Sueldo y Berenguer.

“En cuanto a las «medidas alternativas» que refiere el quejoso, debemos hacer notar que habrían sido impuestas con anterioridad a estos actuados (prohibición de acercamiento), por parte del Sr. Juez de Paz, aunque al presente no existe constancia de su debida notificación; y si existe prueba concreta que fue impuesta por el propio Instructor (…) habiendo incumplido con la misma y reiterado en su accionar violento contra su ex-pareja. Por tanto la medida cautelar de encierro, se encuentra debidamente justificada y fundada en el auto que se ataca” concluyeron.

El hecho que se le endilga al detenido habría ocurrido el 16 de febrero de este año cerca de las 5 de la mañana mientras la víctima descansaba en su vivienda de la ciudad de Cinco Saltos junto a sus dos hijos menores de edad. Aprovechando esta circunstancia el imputado habría ingresado al inmueble violando el acceso al domicilio a través de una ventana y desobedeciendo por ende, una orden de restricción impuesta el 30 de enero de 2014 por el Juez de Paz de esa localidad. Una vez dentro de la casa, el hombre se habría dirigido hacia la víctima tapándole la boca y llevándola por la fuerza al baño donde intento abusar de ella mediante golpes y amenazas. El hombre solo depuso su actitud cuando uno de los niños le advirtió a la madre que su hermano había ido a pedir ayuda. El acusado se habría dado a la fuga, amenazando previamente a la víctima que si lo denunciaba regresaría a prenderles fuego la casa y que los mataría a todos.

La causa se instruye en el Juzgado Penal Nro. 4 a cargo del Dr. Santiago Márquez Gauna.