Octavo mandamiento. Vivir en la verdad ● Víctor Sodero Nievas

Ante la difusión y aumento de noticias falsas de fuentes ignoradas, solo podemos presumir que sean los Jueces, Fiscales o funcionarios quienes den detalles de las causas que tramitan ante la justicia, o que sean notificados antes que las partes en los procesos penales.

Se ha hecho público para afectar la reputación y dignidad de las personas, como el del Dr. Victor Hugo Sodero Nievas y se hace mintiendo, para engañar,perseguir y anticipar un juicio de condena mediática, como ha ocurrido en esta causa.

El Dr. Sodero Nievas, siempre ha estado a derecho en la causa. Siempre recuso al Juez Favio Igoldi. Siempre apeló, y lo sigue recusando con causa, porque ha cometido delito, ha prevaricado, y porque la audiencia de declaración indagatoria anterior fue nulificada , lo mismo que el auto de procesamiento, por vicios y errores gravísimos cometidos por el Juez Igoldi.

Luego han continuado las instancias recursivas, y la causa está a consideración del Superior Tribunal de Justicia, Recurso de Queja mediante, con un planteo de Cuestión Federal trascendente para llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El Dr. Sodero Nievas NO ESTÁ OBLIGADO A DECLARAR ANTE EL JUEZ QUE COMETIÓ EL ACTO PROCESAL MÁS IRREGULAR EN LA HISTORIA DE LOS TRIBUNALES DE VIEDMA.

En ocasión de habérselo citado la primer vez, dicho Juez afirmó falsamente que el Dr. Sodero Nievas, se había “negado a declarar”, quien en realidad había manifestado su voluntad de hacerlo, pero no en ese momento atento a su estado de salud , no sólo que continuó la causa sino que además dictó el procesamiento, en cuarenta y ocho horas,antes de las elecciones, que luego fue anulado por la Cámara de Viedma.

Es cierto, en cambio, que más de seis veces, el Juez Igoldi actuó contra derecho,contra razón y contra justicia. Además arbitrariamente y sin respetar los Tratados de Derechos Humanos, la Constitución Nacional y leyes vigentes y en particular el Código Procesal Penal.

Después de un año de haber reabierto irregularmente de oficio ésta causa,el Juez Igoldi, ahora, impone al imputado medidas restrictivas de la libertad previa y posteriores a la audiencia de indagatoria, con lo que aumenta objetivamente las múltiples causales de recusación antes formuladas, que se denunciaron como hechos nuevos. Y se recurrieron, porque recordemos,¡¡¡¡ todo fue anulado por la Cámara!!!!!.

Ocultó maliciosamente el Incidente de Prescripción por extinción e insubsistencia de la acción penal, presentado el día antes de la Declaración Indagatoria, renunció a su obligación de suspender el proceso y resolver la excepción que es previa,perentoria y de especial pronunciamiento, y naturalmente suspensiva, porque ningún acto procesal posterior tendrá ya razón de ser, mucho menos la declaración indagatoria, porque es la defensa de mayor jerarquía constitucional.

Así las cosas, la opinión pública ha incorporado trágicamente “un rehusamiento a cumplir, cuando el que no cumple con la Constitución y la ley es el propio Juez”, que utiliza falacias en vez de argumentos y mentiras para justificar su Parcialidad Absoluta y maliciosa.

Ocultó también su situación de sumariado en el Consejo de la Magistratura y las denuncias por prevaricato reiterado en tres causas, y continua prevaricando, con total impunidad

Es decir como si en Rio Negro ya hubiéramos abandonado el Estado Social y Democrático de Derecho, y las Convenciones de Derechos Humanos, para regirnos ahora por la fuerza, y las seis mentira s de Igoldi, en reemplazo de Octavo mandamiento.

LA SITUACIÓN DE INDEFENSIÓN ES EVIDENTE Y RUINOSA, PERO LA MENTIRA Y EL JUICIO TEMERARIO NO TIENE PERDON DE DIOS, Y SERAN SALVADO POR UN JUEZ IMPARCIAL QUE ES LO UNICO QUE RECLAMAMOS COMO GARANTIA MINIMA EN ESTA ETAPA PROCESAL.

Nestor I. Torres
Abogado defensor de Víctor Hugo Sodero Nievas