Hay plazo para que organismos y bancos habiliten baños de clientes y usuarios

Viedma (ADN).- Desde ayer rige el plazo de 180 días para la vigencia de la ley que establece que todo edificio donde funcionan organismos públicos, nacionales o provinciales, entidades bancarias, crediticias y financieras públicas o privadas habilitadas en la provincia de Río Negro, en los que clientes y usuarios permanezcan en espera para ser atendidos, debe tener instalados baños, con las comodidades mínimas «para el aseo personal y evacuación».

La autoridad de aplicación de la norma es la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos del Gobierno de Río Negro.

Los edificios habilitados que se encuentren en funcionamiento al momento de la promulgación de la nueva ley -el 18 de este mes- destinarán uno de sus baños privados para el uso del público en general, sólo por un plazo no mayor al de 18 meses, al término del cual dispondrán de instalaciones específicas.

Los edificios autorizados a funcionar con posterioridad a la entrada en vigencia de esta norma se adecuarán a lo establecido en dos artículos y no gozarán del beneficio de los 180 días.

La ley 5001 fue sancionada por la Legislatura el 30 de octubre pasado y promulgada por el Poder Ejecutivo a través del decreto 1571, del 18 de este mes. (ADN)