El fracking en el paraíso

Rebelión-Taller Ecologista.- La clase obrera no está yendo al paraíso pero los capitales concentrados, privados y estatales pareciera que si. Un saludable debate se ha despertado en este tiempo alrededor de diferentes actores que optan por determinadas razones asentar sus actividades en los denominados paraísos fiscales.

Léase tanto el caso del Grupo Clarín, como el litigio de Petersen contra YPF S.A. y la Argentina, adquirido por el fondo Burford Capital radicado en dominios extraterritoriales. Sin embargo, aquellos que optan por esta opción no solo, o no necesariamente, están pensando en ahorrarse ingentes recursos al evadir impuestos locales en sus países de origen sino que aprovechan fundamentalmente la desregulación y la posibilidad de ocultamiento de información además de servir de paraguas legales que permite diluir responsabilidades.

En primer lugar cabe señalar que muchas de las estructuras off shore que se discuten en los medios se encuentran radicados en EEUU. Dado el tamaño que comprende, es considerado el paraíso fiscal más grande del mundo. En 2013 la organización Tax Justice Network condecoró a EEUU con el sexto lugar en su índice de secretismo financiero, luego de Suiza, Luxemburgo, Hong Kong, Islas Caimán y Singapur.

En tales espacios extraterritoriales los privados pueden hacer lo que les plazca, y cuanto más grandes son, más alcances poseen. Uno de los servicios al cliente ofrecidos por los paraísos fiscales es el de exportar e importar jurisdicción de acuerdo a su conveniencia. De esta forma realizan acciones y prácticas en países territoriales como si se encontraran en territorios offshore.

Delaware es uno de los Estados pertenecientes a EEUU más desregulados y con menores tasas impositivas. Allí habitan más personas jurídicas que personas físicas (más de 900 mil vs 850 mil habitantes). Entre los diversos privilegios se encuentra el ocultamiento de información sobre las diversas estructuras corporativas, los libros contables y la información bancaria de los clientes. Además, como todo paraíso fiscal, no está obligado a intercambiar información fiscal con otros países.
En la encrucijada

No resulta sorprendente que empresas dedicadas a maximizar sus ganancias y ocultar sus responsabilidades opten por este camino, sobre todo cuando los regímenes sobre inversión extranjera – como es el caso de Argentina – no dicen nada sobre este asunto. Pero es preocupante e inadmisible que empresas que se plantean como abanderadas de nuestra soberanía utilicen este tipo de recurso de elusión y secretismo financiero.

Es el caso de YPF S.A., la empresa de la cual el estado nacional recuperó su manejo, pero que actualmente se encuentra “capturada” por los intereses del capital financiero internacional.

Las motivaciones y objetivos primarios de YPF S.A. están en línea con esta tesis. Ya que el principal objetivo declarado comprende la maximización del valor de la acción, con el fin de lograr ganancias patrimoniales. Y a pesar de la estatización, se encuentra muy ligada a su estructura societaria comprendida por la Sociedad Anónima, bajo un régimen de cotización abierta tanto en la bolsa de Nueva York, como la de Buenos Aires.

Entre el núcleo de accionistas del restante 49% encontramos a innumerables fondos de inversión, la mayoría de ellos, radicados en el paraíso de Delaware. Estos actores poseen intereses rentísticos ligados a prácticas de extracción de hidrocarburos sin reparos en el costo socio ‐ ambiental. Entre algunos de ellos encontramos al Grupo Financiero Inbursa (de Carlos Slim), Mason, Lazard, Soros, Perry Capital, Thirdpoint, Hartford, etc.

Habría que destacar el pago en forma de acciones a los ejecutivos y/o empleados de alta jerarquía de YPF, práctica llevada a cabo habitualmente por grandes empresas privadas. Es así como la nueva gestión de YPF pretende conformar una elite alineada con los intereses pro ‐ fracking y rentísticos de los accionistas.

Por último cabe nombrar la compra ‐ venta de empresas y concesiones con el fin de potenciar el valor de las acciones. La compra del Grupo Apache es un ejemplo. Para este fin YPF creó a YPF Europa B.V. en el paraíso fiscal de los Países Bajos, adquiriendo entre diversas estructuras del Grupo a YSUR Argentina investments, e YSUR Argentina Corporation, radicadas en Luxemburgo y las Islas Caimán, respectivamente.

En línea con lo anterior, los acuerdos tanto con Chevron como con Petronas fueron testigos de un sin número de estructuras societarias nuevas. Entre aquellas vinculadas al acuerdo con Chevron se encuentra la creación de YPF Shale Oil Investment I y II, constituidas el primero de julio de 2013 en el Estado de Delaware, EEUU (2). Estas empresas fueron creadas por el mismo Estudio Jurídico que opera como agente de registración de información de las distintas estructuras de Chevron en dicho paraíso fiscal.

Por otra parte, una semana posterior a la creación de las empresas mencionadas, se conforma la estructura Compañía de Hidrocarburo No Convencional S.R.L. (CHNC) constituida con domicilio legal en la misma dirección de YPF (3). Sin embargo CHNC está constituida por Germán Laria, a la vez director de YPF y planning manager de Chevron, y Juan Garoby, gerente de recursos no convencionales de YPF (4). Dicha estructura en muy poco tiempo ha adquirido un capital social de $6.464,64 millones, nada más ni nada menos que casi un 10% del Patrimonio Neto de YPF.

Por último cabe mencionar la creación de la Compañía de Desarrollo No Convencional S.R.L. (CDNC) en el mes de marzo de 2014. Dicha estructura empresaria posee como socios constituyentes a las dos empresas creadas en el paraíso fiscal antes mencionado. Y como gerentes a Germán Laria y a Carlos Colo, quien a su vez forma parte de la Gerencia Ejecutiva de Exploración y Desarrollo de YPF. Tanto CHNC como CDNC poseen como objetivo “Llevar a cabo por sí o por intermedio de terceros o asociada a terceros, el estudio, la exploración y la explotación de los yacimientos de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos y demás minerales […]. Para el mejor cumplimiento de estos objetivos podrá fundar, asociarse con o participar en personas jurídicas de carácter público o privado domiciliado en el país o en el exterior […]”

Con respecto a Petronas nuevamente se crearon empresas satélite en el paraíso fiscal de Delaware, denominadas YPF Shale Oil Investment III LLC e YPF Shale Oil Investment IV LLC.
De soberanía, y soberanos

Una sencilla búsqueda puede mostrar ya en territorio de EEUU miles de juicios asociados a los impactos socioambientales del fracking. Los empresarios del sector son conscientes de esto y adpatan sus estrategias a esta realidad.

Sin dudas los impactos que está produciendo la explotación de recursos no convencionales y los que producirá en un futuro cercano requieren de la dilución de responsabilidades. El secretismo y la obturación de la participación democrática alrededor de la empresa de bandera no deberían permitirse. La exportación de jurisdicción de los fondos de inversión y las empresas multinacionales arraigadas en paraísos fiscales, revelan una de las principales discusiones sobre los poderes económicos más concentrados del mundo. Ergo reivindicar la soberanía, lo público y estatal significa desvincularse de dicha “captura” financiera.

El fracking representa una desesperada opción por perpetuar la civilización petrolera, hay opciones energéticas, sobre todo si tenemos en cuenta los recursos puestos en juego en la opción petrolera. Pero este no es un problema técnico solamente sino que debe ser abordado en un contexto de participación ciudadana y democracia por sobre los intereses corporativos.

Notas
1.- El presente artículo se basa en el trabajo de investigación, a ser publicado, realizado para Taller Ecologista por Lisandro Arelovich, Sergio Arelovich, Pablo Bertinat y Gustavo García sobre aspectos económico‐ ambientales del Fracking.
2.- Información provista por la página oficial de Delaware: https://delecorp.delaware.gov/tin/GINameSearch.jsp
3.- Véase en la página: https://www.dateas.com/es/bora/2013/07/12/compania ‐de‐hidrocarburo‐no‐convencional‐srl‐733910 y Boletín Oficial, segunda sección.
4.- Información brindada por Linkedin.
5.- Boletín oficial, segunda sección, información de constitución de ambas S.R.L.