Jueces rechazan acción de UPCN por inconstitucionalidad de ley de penitenciarios

Viedma (ADN).- El Superior Tribunal de Justicia rechazó la acción de inconstitucionalidad que presentó la seccional Río Negro de UPCN contra el decreto ley Nº 3/14, actual Ley 4991, que modificó la norma de creación del Servicio Penitenciario Provincial y la libre agremiación de personal del sector, entre otros alcances.

En la extensa resolución, el máximo organismo judicial rionegrino hizo lugar parcialmente a la excepción de falta de legitimación activa opuesta por la Fiscalía de Estado y declaró que “UPCN seccional Río Negro carece de legitimación activa para accionar en defensa de los derechos individuales de sus afiliados, sin antes cumplimentar con los recaudos legalmente previstos al efecto y posee legitimación para accionar en la defensa de sus derechos patrimoniales conforme a los fundamentos”.

Además, rechazó “la acción de inconstitucionalidad interpuesta respecto a la libre agremiación artículo 8 del decreto Ley 3/14 que suprimió el inciso ñ del artículo 27 de la Ley S 4283, en tanto resulta una restricción razonable que encuentra proporcionalidad en los derechos que se protegen con tal medida”.

En los antecedentes de la causa figura que UPCN sostiene que la normativa cuestionada vulnera varios artículos de la Constitución Nacional y Provincial y adujo que el decreto ley Nº 3/14 otorga al Servicio Penitenciario Provincial el carácter de institución de Seguridad estableciendo, además, el “estado penitenciario”.

Denunció que ante la derogación del artículo 23 de la Ley N° 4283, se quita a la relación de empleo público la aplicación del derecho administrativo y resaltó la eliminación de la libre agremiación del personal penitenciario, la prohibición de peticionar en forma colectiva y la modificación de la jornada laboral en “franca violación” de artículos constitucionales.