APEL pidió a Peralta que deje sin efecto elección de junta de disciplina en el Tribunal de Cuentas

Viedma.- Las máximas autoridades de APEL pidieron la intervención del presidente de la Legislatura rionegrina, Carlos Peralta, tras la impugnación que el gremio efectuó a las elecciones realizadas en el Tribunal de Cuentas de la provincia para constituir una propia Junta de Admisión, Disciplina y Calificaciones.

En una nota enviada el viernes pasado, desde el sindicato se señala que el Tribunal “está ejerciendo funciones que no le son propias y que sí le pertenecen a usted”.

 

Concretamente le pidieron a Peralta que “deje sin efecto el acto eleccionario celebrado incorrecta e ilegalmente el día 3 de mayo, se deroguen las resoluciones impugnadas y se establezcan mecanismos de dialogo por ante Presidencia de la Legislatura para evaluar alternativas de solución”.

 

Tras recordar que “no obstante haberlo impugnado para que no se llevará a cabo, hasta la fecha no se contestó dicha impugnación”, APEL le recordó a Peralta que “como usted sabe la Junta que intenta crear el tribunal ya existe desde Julio de 1973, siendo el espíritu de la normativa en su conjunto la existencia de una sola Junta para todo el Poder Legislativo en todos sus estamentos, cosa que desoye el Tribunal”.

 

“Sepa que no sólo no han contestado, sino que además únicamente el Tribunal se dignó a realizar un comunicado de prensa explicando su postura y basándose en el mismo error que lo llevó a dictar las Resoluciones en cuestión”, expresaron.

 

Subrayaron que “todo esto fue oportunamente impugnado y téngase en cuenta que nos fueron notificando en fechas bien próximas a la realización del acto en un claro intento de excluirnos como gremio, desconociendo esta nueva conducción del Tribunal que siempre los empleados del Tribunal contaron con herramientas que hicieron a la defensa de sus derechos”.

 

También resaltaron que el acto eleccionario “nació de un acto nulo de nulidad absoluta, las resoluciones no cuentan con los requisitos del artículo 5 de la Ley K 2747, y que no fueron publicadas; no fue publicado el llamado a elecciones y las mismas Resoluciones nacen por un objeto inexistente. Esto es la creación de una Junta que ya se encuentra creada y reiteramos desde julio de 1973 por una Ley anterior a la Ley K 2747, que nada dice en cuanto a la autonomía del Tribunal en esta cuestión; no obstante lo cual insistió el Tribunal y llevó a cabo el proceso eleccionario”.