Gobierno benefició a empresas de Bs As y no cumplió la ley del “Compre Rionegrino”
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Viedma (ADN).- El Gobierno provincial hizo caso omiso al cumplimiento de la ley 4187 que fija el derecho de prioridad de contratación con el Estado, establecido por el artículo 98 de la Constitución, a favor de las personas físicas y jurídicas radicadas en la provincia de Río Negro, proveedoras de bienes y servicios. Más del 60 por ciento del total de recursos gastados en la visita presidencial se fueron para Buenos Aires.
Hay algo que está claro en el resonante affaire de Julián Goinhex: con las contrataciones directas que realizó para la fiesta del 25 de Mayo en Bariloche, con una erogación superior a los 2.600.000 pesos, se prefirió beneficiar a empresas de Buenos Aires que se llevaron más del 1.600.000 pesos.
Derramar una cifra millonaria cuando hay desaceleración de la economía, retracciones en las compras, crisis en la fruticultura, padecimientos en el turismo, estancamiento en la actividad comercial y controles en el gasto público es motivo suficiente como para pensar en los proveedores de bienes y servicios rionegrinos.
Hay desaprensión en el gobierno con respecto a la legislación vigente y normas administrativas que son obviadas en beneficio de actitudes autoritarias y personalistas, en perjuicio de la actividad de cientos de rionegrinos, un ejemplo similar a lo que sucedió con los empleados públicos que sufrieron atropellos, malos tratos y persecuciones.
No se entienden estas actitudes cuando el propio gobernador Weretilneck estableció controles personales en gastos superiores a los 30 mil pesos y recientemente definió con su equipo de Hacienda ajustes del 15 por ciento en la administración.
Basta este caso de las contrataciones realizadas por la Secretaría General de la Gobernación para merituar cómo se fuga el dinero de la provincia con empresas que no tributan en Río Negro, no generan puestos de trabajo y sobrefacturan servicios.
Para eso el artículo 2º de la ley de compre rionegrino señala que serán beneficiados emprendimientos, firmas y empresas “radicadas en la provincia de Río Negro, cuyo capital mayoritario sea de propiedad de asociados radicados y con domicilio fiscal en la provincia de Río Negro”.
Esta norma es de aplicación para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; organismos de control, empresas y sociedades del Estado y empresas concesionarias, licenciatarias o permisionarias de servicios públicos, en tanto la contratación esté relacionada con la prestación del correspondiente servicio”.
Falta transparencia y equidad en los procedimientos administrativos de compra del Estado que generan sospechas en cuanto a la razonabilidad de las ofertas y el sistema de convocatoria de oferentes fuera del territorio provincial.
En este caso cuáles son los antecedentes y los motivos de invitar para un acto presidencial en Bariloche a empresas de Avellaneda, Quilmes, Ciudad Autónoma y otros puntos del país y relegar a los rionegrinos.