Lupa judicial en acción de vecino por deuda contra Municipalidad de Regina
Villa Regina (ADN).- La acción que efectuó un vecino de Villa Regina contra la Municipalidad local para cobrar 37.740 pesos en concepto de resarcimiento por mayores costos de una obra que realizó, fue extensamente analizada en diversos ámbitos de la Justicia rionegrina.Por este caso, el fiscal de la Municipalidad de Villa Regina, Juan Giménez, interpuso recurso de apelación contra la sentencia Nº 58, del 19 de octubre de 2011, dictada por la Cámara de Apelaciones Civil, Comercial y de Minería de General Roca, mediante la cual se resolvió hacer lugar a la demanda contencioso administrativa, oportunamente formulada contra la Municipalidad local por el vecino R. A. G. (su identidad no consta en el expediente judicial).
Ese vecino había iniciado acción contra la Municipalidad en reclamo del cobro de $37.740,28 pesos, solicitando como trámite previo la preparación de la correspondiente vía ejecutiva.
Como fundamento de su pretensión, relató que como propietario del inmueble (que individualizó catastralmente), ubicado en la ciudad de Villa Regina, procedió a iniciar trámite de loteo de dichos terrenos bajo el nombre de “Doña Maria”.
Expresó que el municipio, mediante ordenanza N°134/05, impuso obligatoriamente a quienes proceden a lotear terrenos la cesión del 5 por ciento de la superficie total de éstos con destino a la Reserva Fiscal Municipal, por lo cual se cedieron las parcelas individualizadas con una superficie total de 2.846,85 metros cuadrados.
Agregó que, siendo el loteo a cargo y costo del peticionante, se procedió a contratar con la empresa Patagonia Constructora SRL, todo lo concerniente a las obras de redes de agua y cloacas el 15 de marzo de 2007 por un valor de 81.629,34 pesos, más IVA.
Señaló que, antes de iniciar las obras, la Municipalidad le informó, por existir en la zona terrenos próximos a lotear, que debía modificarse el proyecto original de redes, cambiando el sentido, diámetro y profundidad de estas para adecuarlas a la Red Troncal de Desagüe Cloacal Sector Noroeste y posibilitar la posterior unificación con la red cloacal de tales terrenos, lo que implicó el cambio de cañerías de diámetro y profundidad de obra.
Según explicó, se realizaron cuatro perforaciones, con la colocación de dos bombas para deprimir la napa, con un cambio del sentido de la obra para conectarse, no ya al barrio Modelo sino hacia calle Pioneros y añadió que tales modificaciones implicaron un valor de 43.925 pesos y que ese “mayor costo” que le originó el cambió al proyecto original iba a ser compensado por el municipio.
Entre otras cosas, explicó que, producidas desavenencias con el municipio respecto a la valuación de los terrenos que se iban a ceder, se dejó sin efecto la entrega de 302.000 pesos, procediéndose entonces a la venta por licitación pública de los lotes.
Señaló que los mayores costos de la obra reconocidos en el convenio el 5 de junio de 2008 fueron asumidos totalmente por él mismo y que en el 27 de enero de 2009, luego de “infructuosos intentos de cobro”, envió carta documento al intendente de Villa Regina intimándolo a efectivizar su pago, sin obtener respuesta.
Un informe judicial resumió el caso consignando que el conflicto reúne de modo opuesto el interés del vecino y la negativa del municipio demandado. El primero se dice acreedor del Estado local por la suma de 37.740,28 pesos, cuya obligación de pago “ancla” en la obra pública efectuada a favor del municipio y por los mayores costos que significaron las alteraciones que se impusieran por parte de la accionada, en ejercicio de su poder de policía y aprobación, fundadas en razones de su exclusiva atención y origen.
El vecino realizó la obra de servicio de agua y cloacas, la que se proyectó y valoró de conformidad con pautas técnicas que luego fueron modificadas y con ello, se devengaron los mayores costos que ahora demanda.
Por su parte, el municipio niega adeudar mayor costo alguno, esgrimiendo como fundamento exclusivo la falta de aprobación del convenio celebrado entre el loteador y el intendente, y ad referéndum del Concejo Deliberante, que luego niega su aceptación, dejando sin efecto alguno a tal convenio.
Un reciente dictamen de la Procuración General del Poder Judicial sugiere al Superior Tribunal que haga lugar al recurso de apelación presentado por el fiscal de la Municipalidad de Villa Regina, revocando la sentencia y reenviando al Tribunal de origen, a los fines de su dictado conforme la normativa que rige en materia administrativa y “ponderando la prueba a la luz de los postulados de la sana crítica racional”. (ADN)