Para el Pueblo Mapuche no hubo Revolución de Mayo ● Adrián Moyano
Desde Mayo de 1810, cuando las Provincias Unidas del Río de la Plata se animaron a iniciar su proceso de emancipación, las nuevas autoridades legislaron en varias oportunidades con miras a la población indígena. Manuel Belgrano por ejemplo, tuvo a su cargo idear nuevas normas que garantizaran la libertad y la igualdad de los Guaraníes que habían vivido bajo el régimen jesuita.
Un poco más tarde, la famosa supresión del tributo –una de las instituciones más vergonzosas de la colonia española- se hizo cuerpo en un decreto que la Junta de Gobierno sancionó el 1ro. de septiembre de 1811. Tiempo después, la famosa Asamblea General de 1813 convalidó esa decisión y además eliminó la mita, la encomienda y el yanaconazgo. Buena parte de este cuerpo normativo fue dado a conocer en forma bilingüe, trilingüe y hasta cuatrilingüe: además de en castellano, se tradujo al Quechua, Aymara y Guaraní. No así al Mapuzungun, idioma del Pueblo Mapuche.
¿Por qué las disposiciones de las sucesivas instituciones revolucionarias de las Provincias Unidas del Río de la Plata no se tradujeron al Mapuzugun?
La respuesta es muy simple: al momento de independizarse de España, ninguna Comunidad MapuChe vivía dentro del territorio que el nuevo país estaba heredando de la metrópoli. O dicho de otra manera, el Pueblo MapuChe no había sido sojuzgado por la corona imperial y mantenía su independencia y libertad. Por eso, ni la Primera Junta, ni la Junta Grande, ni los triunviratos, ni los directores supremos, ni los gobernadores, ni los sucesivos presidentes tuvieron la oportunidad de legislar sobre los MapuChe. Simplemente, no tenían jurisdicción sobre su Wall Mapu (territorio ancestral).
En mayo de 1810 la frontera entre el antiguo Virreinato del Río de la Plata y las diversas parcialidades MapuChe pasaba muy cerca de la aldea de Buenos Aires, seguía por el sur de Santa Fe, el sur de Córdoba, el centro de San Luis y el centro de Mendoza. Del otro lado de la cordillera, el linde entre la Capitanía General de Chile y los MapuChe se situaba en el río Bío Bío. Desde esa línea hacia el sur, los LofChe –noción MapuChe de komunidad- seguían viviendo según su propia cultura, su organización social, su manera de entender la economía y según sus propios sistemas normativos. No necesitaban que nadie legislara por ellos.
Esa frontera no tenía nada de «interior», como pretende hacernos creer el sistema educativo argentino, que se inspira en una multitud de justificaciones intelectuales del despojo. Esa distribución territorial no obedecía solamente a un balance de fuerzas desde la perspectiva militar, también estaba convalidada por un número importante de tratados que las autoridades coloniales españolas habían celebrado desde el siglo XVII con los Lonko y los Ñizol lonko (Lonko entre varios Lonko). Quizás el más nombrado sea el Pacto de Quilín, que fuera firmado en 1641 y del cual se desprendía que la corona española reconocía por vez primera en América la existencia un Pueblo indígena independiente y soberano, cuya jurisdicción se extendía al sur del Bío Bío de «océano a océano».