Piccinini denunció a juez Bustamante por presunto mal desempeño de deberes y funciones
Viedma (ADN).- La legisladora Ana Piccinini presentó una denuncia ante el Consejo de la Magistratura, contra el juez Guillermo Bustamante por presunto mal desempeño en sus funciones. Es por un hecho ocurrido en septiembre del año pasado, cuando el magistrado se presentó ante la Defensoría del Pueblo a recavar información, motivado por una denuncia que había realizado la secretaria de DDHH, Gladis Cofré, sobre investigación de particulares que se realizaban desde el organismo de control.
La legisladora del FpV calificó ese procedimiento dispuesto por el juez Bustamante a la sede de la Defensoría el 17 de setiembre del 2011como un “allanamiento”.
Piccinini recordó que “en dicha ocasión Cofre destacó que tal investigación (la que habría realizado Piccinini como defensora) consistía en recabar datos económicos y financieros – los que en realidad son públicos – de una serie de funcionarios y personas allegados a éstos.
La legisladora agregó – por medio del escrito – que “en la oportunidad Cufré dijo además, que tal investigación de la Defensora, “no la consideraba ilegal” no obstante solicitaba se investigue”.
Ahora, luego de nueve meses de ocurrido esos hechos, la legisladora Piccinini, sostiene que “la otrora funcionaria de Derechos Humanos, a pesar de su contradicción al denunciar algo que no consideraba ilegal efectuó la presentación en la Comisaría Primera de Viedma e inmediatamente después de radicada la misma, el personal policial, sin efectuar ningún tipo de actividad procesal, esto es, sin acción preventiva alguna, la remite al Juzgado de Instrucción N° 4 a cargo del Dr. Guillermo Bustamante, quien, sin contar con elemento alguno que lo habilite a actuar, ordena el allanamiento de las oficinas de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Río Negro”.
Después Piccinini aporta los elementos por los cuales considera que “el accionar del Juez Bustamante resulta a todas luces contraria a derecho lo que da lugar a la denuncia que efectúa ante el Consejo de la Magistratura de la Provincia de Río Negro”.
En su escrito donde considera como “graves irregularidades” el allanamiento dispuesto , también relata que el magistrado “omitió dar cumplimiento a la exigencia establecida en el último párrafo del artículo 204 del Código Procesal Penal de la Provincia, el cual, en concordancia con lo establecido por el artículo 7º de la ley K Nº 2756, de creación y funcionamiento de la Defensoría del Pueblo, obliga al Juez del allanamiento, a contar con la previa autorización del Presidente de la Legislatura”.