Piden datos a Comercio por cumplimiento de la ley “anticolas”

Viedma.- Legisladores del bloque Alianza Concertación solicitaron al director general de Comercio Interior de la provincia que detalle qué acciones está llevando a cabo el organismo a su cargo para agilizar la prestación de servicios a usuarios por parte de las entidades financieras radicadas en esta jurisdicción la provincia, específicamente, por parte del Banco Patagonia SA.

El requerimiento fue efectuado “ante la notoria y pública violación e incumplimiento a lo estipulado por el artículo 45 de la Ley D Nº 2817, que expresamente establece: “Artículo 45 – Será considerada infracción a la presente ley, la espera por un lapso mayor a 30 minutos, en ventanillas y/o cajeros automáticos, en instituciones financieras y no financieras, que presten servicios de cobranzas de impuestos o servicios públicos, tanto nacionales, provinciales o municipales y de pago de haberes de jubilados y pensionados y de activos que por convenios o disposiciones de cualquier naturaleza, deban percibir sus haberes en dichas instituciones.”.

Los legisladores de la oposición reclamaron además que en caso de haber constatado la infracción mencionada por parte de las entidades financieras, indique el funcionario detalladamente si se aplicó alguna sanción en el transcurso de los últimos seis meses por parte de la Dirección de Comercio Interior o, en caso contrario, mencione cual ha sido el criterio adoptado por parte del Poder Ejecutivo para no hacerlo.-

También pidieron que informe si se da un estricto cumplimiento por parte de la entidad financiera Banco Patagonia a lo establecido en el articulo 46 de la ley D Nº 2817, que dispone que en los casos previstos por el artículo 45, se establece la obligación de las instituciones indicadas en el mismo, de publicar a través de los medios que se consideran aptos, el texto correspondiente a los artículos 45 y 46 de la referida ley, con el fin de que usuarios y consumidores conozcan sus derechos y hagan valer los mismos a través de las denuncias pertinentes.

Además, en cuanto a poner a disposición de los usuarios o consumidores un sistema de registro de horario de llegada y de salida, el trámite a realizarse y un libro de denuncias que será habilitado por la autoridad de aplicación. Ese libro debe ser ubicado en lugares visibles, contando con señalización adecuada para su libre utilización por parte de los usuarios y consumidores que deseen efectuar su queja por infracción a la ley y girar las actuaciones obrantes en los libros de denuncias habilitados, a la Dirección General de Comercio Interior, dentro de las 48 horas de efectuadas, las cuales tendrán el carácter de denuncia.

Pidieron al funcionario que indique si se han girado en el plazo estipulado en la norma las actuaciones a la Dirección de Comercio Interior, de las denuncias efectuadas por los usuarios y en caso afirmativo cuales son las medidas que se han tomado desde la Dirección para cesar con el incumplimiento.

Finalmente, y en caso negativo, explique qué medidas ha tomado la Dirección de Comercio Interior para que la entidad financiera Banco Patagonia remita los libros al organismo competente y dé cumplimiento en los plazos estipulados por el mencionado articulo 46.

 

BLOQUE ALIANZA