Poder Judicial informó que liquidará a partir del mes de julio recomposición pactada
Viedma.- El Superior Tribunal de Justicia y la Procuración General resolvieron, a través de la resolución N°355 /2012, liquidar y abonar a partir del 01 de julio de 2012 las remuneraciones de magistrados y funcionarios y los salarios de los empleados con un incremento del 7 %.
Se estableció que el reajuste dispuesto por el artículo 1ro. de la citada norma también se aplicará sobre el concepto “resoluciónNº 131/06” vigente al /02/2012.
“Corresponde a esta altura del ejercicio completar el porcentual establecido, para lo cual es menester incrementar en un 7% las remuneraciones y salarios a partir del 01/07/2012,” sostuvieron las máximas autoridades del Poder Judicial de Río Negro.
Con la firma de los jueces del Superior Tribunal de Justicia, Víctor Hugo Sodero Nievas, – Presidente-, Enrique José Mansilla y Sergio Mario Barotto,-vocales- y Liliana Laura Piccinini, Procuradora General, en la Resolución se dispuso que conjuntamente con los haberes del mes de julio/2012 se abonará la retroactividad del incremento asignado mediante Resolución 125/2012 STJ correspondiente a los meses de Enero/2012 y Febrero/2012 a todos los agentes del Poder Judicial comprendidos desde la categoría “Escribiente” a “Jefe de Departamento”, ambas inclusive, en los Escalafones “A” y “B” , desde “Escribiente” hasta “Oficial Mayor”, ambas inclusive, en el Escalafón “C” y desde “Auxiliar Ayudante” a “Auxiliar Superior”, ambas inclusive, en el Escalafón “D”, previo descuento de los importes abonados conforme lo dispuesto por Resoluciones 36/2012 y 86/2012, STJ.
En tanto establecieron que en cuanto a los Magistrados y Funcionarios, la retroactividad arriba citada se efectivizará con los emolumentos de los meses de agosto y septiembre.
Conjuntamente con lo haberes del mes de Agosto/2012 se abonará la retroactividad del incremento asignado mediante Resolución 125/2012 STJ correspondiente al mes de enero/2012, a todos los Magistrados y Funcionarios.
Establecer que conjuntamente con lo haberes del mes de Setiembre/2012 se abonará la retroactividad del incremento asignado mediante Resolución 125/2012 STJ correspondiente al mes de Febrero/2012 a todos los Magistrados y Funcionarios.
Entre los considerandos, se indicó que “en el marco de la recomposición salarial del presente ejercicio pautada oportunamente en un 20 % se dictaron las Resoluciones 36/2012 y 86/2012, mediante las cuales se estableció que los agentes del Poder Judicial comprendidos desde la categoría “Escribiente” a “Jefe de Departamento”, ambas inclusive, en los Escalafones “A” y “B” , desde “Escribiente” hasta “Oficial Mayor”, ambas inclusive, en el Escalafón “C” y desde “Auxiliar Ayudante” a “Auxiliar Superior”, ambas inclusive, en el Escalafón “D” perciban una asignación transitoria a cuenta de lo que finalmente se resuelva, equivalente al 10 % de las remuneraciones percibidas para los meses de enero y febrero/2012 respectivamente. Posteriormente, y mediante Resolución 125/12 de fecha 18/03/2012 se dispuso incrementar a partir del 01 de marzo de 2012 las remuneraciones de Magistrados y Funcionarios y los salarios de los Empleados en un 13 %.”
“Que en orden a las posibilidades de refuerzo presupuestario dicha retroactividad se abonará a los empleados del Poder Judicial conjuntamente con los haberes del mes de julio, con deducción de los importes abonados conforme Resoluciones 36/2012 STJ y 86/2012 STJ, “concluyeron.
Se adjunta Resolución 355/12 Poder Judicial
PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
RESOLUCIÓN Nro. 355 /2012
Viedma, 25 de junio de 2012.-
VISTO
La Constitución Pcial – art 224 –, la Ley K Nro. 2430 – art. 44 ss. y cc -, la Ley K 4199 – art. 64, los Exptes. Nro. AG-12-0070 “ADMINISTRACIÓN GENERAL s/ Política Salarial año 2012” y Nro. AG-10-1221” ADMINISTRACIÓN GENERAL s/ Secretaría de Trabajo S/ Disp. Conciliación Voluntaria” ; y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la recomposición salarial del presente ejercicio pautada oportunamente en un 20 % se dictaron las Resoluciones 36/2012 y 86/2012, mediante las cuales se estableció que los agentes del Poder Judicial comprendidos desde la categoría “Escribiente” a “Jefe de Departamento”, ambas inclusive, en los Escalafones “A” y “B” , desde “Escribiente” hasta “Oficial Mayor”, ambas inclusive, en el Escalafón “C” y desde “Auxiliar Ayudante” a “Auxiliar Superior”, ambas inclusive, en el Escalafón “D” perciban una asignación transitoria a cuenta de lo que finalmente se resuelva, equivalente al 10 % de las remuneraciones percibidas para los meses de enero y febrero/2012 respectivamente. Posteriormente, y mediante Resolución 125/12 de fecha 18/03/2012 se dispuso incrementar a partir del 01 de marzo de 2012 las remuneraciones de Magistrados y Funcionarios y los salarios de los Empleados en un 13 %.-
Que corresponde a esta altura del ejercicio completar el porcentual establecido, para lo cual es menester incrementar en un 7% las remuneraciones y salarios a partir del 01/07/2012.-
Que asimismo resulta necesario fijar el pago retroactivo al 01/01/2012 del incremento establecido en la resolución 125//2012 STJ.-
Que en orden a las posibilidades de refuerzo presupuestario dicha retroactividad se abonará a los empleados del Poder Judicial conjuntamente con los haberes del mes de julio, con deducción de los importes abonados conforme Resoluciones 36/2012 STJ y 86/2012 STJ.-
Que en cuanto a los Magistrados y Funcionarios la retroactividad arriba citada se efectivizará con los emolumentos de los meses de agosto y setiembre.-
—–Por ello,
El SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA y la PROCURACIÓN GENERAL
RESUELVEN:
—–1ero.) Liquidar y abonar a partir del 01 de julio de 2012 las remuneraciones de Magistrados y Funcionarios y los salarios de los Empleados con un incremento del 7 %.-
—– 2do.) Establecer que el reajuste dispuesto por el artículo 1ro. de la presente, también se aplicará sobre el concepto “RESOLUCIÓN Nº 131/06” vigente al 28/02/2012.-
—– 3ro.) Establecer que conjuntamente con los haberes del mes de julio/2012 se abonará la retroactividad del incremento asignado mediante Resolución 125/2012 STJ correspondiente a los meses de Enero/2012 y Febrero/2012 a todos los agentes del Poder Judicial comprendidos desde la categoría “Escribiente” a “Jefe de Departamento”, ambas inclusive, en los Escalafones “A” y “B” , desde “Escribiente” hasta “Oficial Mayor”, ambas inclusive, en el Escalafón “C” y desde “Auxiliar Ayudante” a “Auxiliar Superior”, ambas inclusive, en el Escalafón “D”, previo descuento de los importes abonados conforme lo dispuesto por Resoluciones 36/2012 y 86/2012, STJ.-
—– 4to.) Establecer que conjuntamente con lo haberes del mes de Agosto/2012 se abonará la retroactividad del incremento asignado mediante Resolución 125/2012 STJ correspondiente al mes de enero/2012, a todos los Magistrados y Funcionarios.-
—– 5to.) Establecer que conjuntamente con lo haberes del mes de Setiembre/2012 se abonará la retroactividad del incremento asignado mediante Resolución 125/2012 STJ correspondiente al mes de Febrero/2012 a todos los Magistrados y Funcionarios.-
—– 6to.) Hacer saber lo resuelto en la presente al Ministerio de Economía de la Provincia y a la Tesorería General de la Provincia a sus efectos.-
—– 7mo.) La Administración General y la Contaduría General dispondrán lo concerniente para la inmediata implementación de la presente Resolución
—– 8vo.) Regístrese, comuníquese, cumplido, archívese.-
Fdo: Dr. Víctor Hugo Sodero Nievas – Presidente –, Dr. Enrique José Mansilla – Juez-, Dr. Sergio Mario Barotto – Juez-, Dra. Liliana Laura Piccinini – Procuradora General.-
Ante mi: Lic. Horacio D. Mion – Administrador General