Preventiva por robo con armas de fuego en Viedma

Viedma.- El titular del Juzgado de Instrucción Nº 4 de Viedma, Dr. Guillermo Bustamante, -con intervención del Secretario Dr. Santiago Brugo-, dictó el procesamiento con prisión preventiva de Sergio Andrés Galech,  por estimarlo autor penalmente responsable del delito de robo calificado por acometimiento con el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse de ningún modo por acreditada (arts. 281, 283, 287 y cctes. del C.P.P. y 166, inc. 2°, tercer párrafo del C.P.), debiendo continuar alojado en la alcaidía local.

Con respecto al hecho, se le  imputa a haber sido quien en compañía de otra persona no identificada por la instrucción, el día 25 de mayo entre las 14.03 y las 14.15, habrían ingresado a una despensa ubicada en calle Alvear al 1800 de Viedma, para apoderarse ilegítimamente de una caja registradora que en su interior contenía aproximadamente cien pesos y una libreta de sanidad a nombre de la propietaria del comercio.

Para tal fin,  Galech y su cómplice habrían ingresado al local comercial esgrimiendo sendas armas de fuego, apuntando uno de ellos a la víctima manifestándole «esto es un asalto», seguidamente, mientras uno de los autores se hallaba en la parte exterior del local apuntando con su arma a un vecino, el otro salió del local llevándose la caja registradora, dándose ambos a la fuga por el pasaje de calle Alvear.

 

Para resolver, el Tribunal tomó en cuenta las constancias de prueba constituidas especialmente por acta de acta de denuncia penal; declaraciones testimoniales; acta de procedimiento policial y croquis y demás constancias sumariales obrantes en la causa.

El magistrado merituo en la valoración de la prueba las testimoniales en tanto “ han manifestado que dos personas, a punta de pistola arribaron al comercio, y sustrajeron la caja registradora del local comercial.”

El Dr. Bustamante indicó que “asimismo la versión de las damnificadas, se ve robustecida con los dichos de un testigo, quien pudo apreciar cuando una de las víctimas salía corriendo del negocio solicitando que llamen a la policía, oportunidad en la cual uno de los asaltantes mientras huía del lugar, le manifestó a éste mientras lo apuntaba con un arma “quédense tranquilos”.”

Con respecto a la prisión preventiva, el Juez sostuvo que “se debe dictar el procesamiento con prisión preventiva, observando para ello la actitud que adoptara Galech y su cómplice en la comisión del hecho, tanto en la gravedad del caso, cuanto en la peligrosidad y desprecio por la vida al apuntar con un arma de fuego a las víctimas cuando éstas estaban absolutamente indefensas, máxime tomando en cuenta el grado de sorpresa en el ataque, y como dije la indefensión de la víctimas, contando también a un circunstancial testigo que estaba afuera de su casa a quien también apuntaron con el arma que traían consigo cuando aquel quiso desarticular el delito, lo que ha generado a la vez la consiguiente alarma social instaurada, por todo lo que resulta suficientemente probable que una vez en libertad, el imputado intente eludir el accionar de la justicia.”

Consideró el Tribunal que a la luz de las constancias de prueba recabadas en la causa y su análisis, permiten, siempre teniendo en cuenta la provisoriedad propia de esta etapa preliminar, tener por acreditado el hecho conforme fuera descripto en la plataforma fáctica, así como la autoría responsable del traído a proceso por el delito de robo con armas, lo que autoriza a dictar su procesamiento y prisión preventiva en los términos de los arts. 281, 287 y cctes. del ordenamiento ritual.