Disponen respetar la identidad de género en las actuaciones policiales
Viedma. – La Jefatura de Policía de Río Negro publicó en la Orden del Día (sistema de comunicación interno de la fuerza), derogar el instructivo para la confección de las denuncias y el trato general en las unidades policiales, que había dispuesto desde el 01 de abril de 2010 el entonces Jefe de Policía, Víctor Ángel Cufré, con el objetivo de darle curso a una nueva resolución en cumplimiento de la Ley Nacional 26.743 en cuanto altrato digno de la Identidad de Género.La anterior reglamentación establecía, en los puntos 7 y 12 de la
transcripción y reglamentación de denuncias, colocar «los apellidos y nombres completos, edad, la nacionalidad, domicilio, documento y sexo (cuando por ser extranjero no se refleje en el documento o bien el caso de gay, transexuales, etc.) se colocará entre paréntesis (fem) o (mas), igual que la edad».
Por tal motivo el Jefe de Policía, Ariel Gallinger, manifestó que «en el
marco de acciones tendientes a optimizar la confección de denuncias para la comunicación de causas judiciales y al solo efecto de unificar criterios que permitan una mejor y correcta descripción de los datos con que se confeccionan, los señores Jefes de las Unidades Regionales y Operativas, deberán impartir directivas precisas, respecto a la confección de Preventivos para la comunicación de causas Judiciales, debiendo tener en cuenta la ley Nacional Nº 26.743».
La norma nacional, en su Artículo número 12, se refiere específicamente al «trato digno» y establece que «Deberá respetarse la identidad de género adoptada por las personas, en especial por niñas, niños y adolescentes, que utilicen un nombre de pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad».
Agrega que «a su solo requerimiento, el nombre de pila adoptado deberá ser utilizado para la citación, registro, legajo, llamado y cualquier otra gestión o servicio, tanto en los ámbitos públicos como privados».
Además, «Cuando la naturaleza de la gestión haga necesario registrar los datos obrantes en el documento nacional de identidad, se utilizará un sistema que combine las iniciales del nombre, el apellido completo, día y año de nacimiento y número de documento y se agregará el nombre de pila elegido por razones de identidad de género a solicitud del interesado/a».
Finalmente, la reglamentación nacional expresa que «En aquellas
circunstancias en que la persona deba ser nombrada en público deberá utilizarse únicamente el nombre de pila de elección que respete la identidad de género adoptada».
PODER EJECUTIVO