Multan a asesor de Policía por representar a personas que accionaron contra el Estado
Bariloche (ADN).- El Tribunal de Cuentas de Río Negro reprochó responsabilidad administrativa a un asesor letrado de la Policía de Río Negro en Bariloche por el quebrantamiento de la prohibición dispuesta para los abogados del Estado provincial, de representar a personas que formulan juicios contra el Estado, y le impuso una multa equivalente al 50 por ciento de su retribución, correspondiente a un asesor letrado con grado de subcomisario de la Policía.
Según consta en una resolución firmada por Juan José Huentelaf (presidente), Erika Acosta y Mario Sabbatella (vocales), se trata del expediente Nº 1903-S 2491 JR- 2011, caratulado: “Fiscalía de Investigaciones Administrativas –Delegación Bariloche, denuncia presuntas irregularidades sobre incompatibilidades de funciones agente público policial- expediente. Nº 2126/2006 Fiscalía de Investigaciones Administrativas” y el agente es Miguel Alberto Domingo Reto, empleado desde el año 1989 y que actualmente ostenta el grado de subcomisario.
De una resolución de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas se desprende que las actuaciones se iniciaron con motivo de la presentación efectuada por el representante de la Fiscalía de Estado de Río Negro, en Bariloche, Roberto Stella, quien denunció que Reto, en su carácter de agente público (asesor legal de la Policía de Río Negro en Bariloche) habría violado la prohibición expresa (decreto 911/1966 ) de representar o patrocinar a personas que litiguen contra el Estado provincial.
Stella acompañó documentación respaldatoria de las actuaciones donde “ha participado dicho letrado en acciones directas y/o indirectas en contra de la provincia de Río Negro” y refirió el denunciante que Reto “ha iniciado, proseguido e incluso terminado con regulación de sus honorarios y su eventual cobro en causas contra el Estado provincial y diversos organismos del mismo, sean estos centralizados o no”.
Respecto de las causas mencionadas a los fines de la denuncia, se mencionaron las siguientes, especificándose en cada caso la presunta trasgresión normativa expuesta por el denunciante:
“Provincia de Río Negro (Tribunal de Cuentas) c/ Petrocini Liliana Mabel s/ejecución fiscal“, Expte. N° 0582-072, año 2004, del Juzgado Civil y Comercial N° 1: causa en la que el Estado provincial perseguía y persigue el cobro de sumas provenientes de sentencia del Tribunal de Cuentas, y en la que el doctor Reto comparte patrocinio de la demandada y opuso excepciones.
2) “Wachs Gustavo y otros c/Consejo Provincial de Educación-pve s/ejecutivo”, expte. nº 04755 del año 2005 y expte. de idéntica carátula “… s/desalojo” Nº 04753 del año 2005, ambos correspondientes al Juzgado Civil y Comercial Nº 5, secretaría única: causa en la que el Dr. Reto inicia tanto la ejecución como el desalojo contra el Consejo Provincial de Educación –actual Ministerio-;
3)”de Carabassa Isidoro c/provincia de Río Negro s/ejecución honorarios (perito Nélida Gómez)”, Expte. Nº 0721 fº 272/2003 del Juzgado Civil y Comercial Nº 1. El Dr. Reto patrocinó en la ejecución de honorarios de la perito Nélida Gómez en contra del Estado provincial y que percibió honorarios;
4) “Velazquez Hernández María Ariela c/ herederos sucesión Alonso Maria Eugenia y/o otros (sucesión vacante) s/ escrituración”, Expte. Nº 08281/2005 correspondiente al Juzgado de Familia y Sucesiones N° 7, secretaría única: El doctor. Reto, a sabiendas de que se trataba de una sucesión ya declarada ‘vacante” por presentación de la Fiscalía de Estado (Delegación Bariloche), inicia demanda en su carácter de apoderado en contra del Estado provincial por escrituración en sucesión vacante y contra la designación de curador provisorio de la sucesión en vacancia, del representante de la Fiscalía (Dr. Stella); y
“Martínez Elvio Daniel c/ comisión de fomento Dina Huapi y otros s/ ordinario”, Expte. N° 0405 f 060/2004 del Juzgado Civil y Comercial N°1, secretaría única: El Dr. Reto, vía asesoría legal de la Policía de Río Negro, de la Regional Policial de Bariloche, inicia causa como letrado patrocinante de algunos oficiales y suboficiales de la Policía de Río Negro en actividad y/o en condición pasiva en contra de otros oficiales de alta graduación en actividad o no, como así mismo en contra de la Comisión de Fomento de Dina Huapi, citando esta última al Estado provincial. Todo en relación a “manejos” poco claros de unos (accionantes) contra otros (demandados).
En su descargo, además de solicitar que se lo exima de sanción o bien se le aplique el mínimo de ley, Reto consideró haber actuado con “probidad, rectitud, desinterés personal, lealtad” y no haber transgredido norma ética alguna.
Reconoció haber intervenido como letrado patrocinante de sus clientes en juicios contra el Estado provincial, pero que no tuvo mala intención y no le causó un perjuicio patrimonial, porque nunca cobró honorarios.
Agregó que en su relación de dependencia que ostenta en la Policía de Río Negro, está sometido a un reglamento de Asesoría Letrada, que reza que los oficiales del escalafón jurídico podrán ejercer libremente la profesión excepto en causas criminales, es decir que reglamentariamente no existe la limitación del patrocinio contra el Estado provincial ni se hace referencia al mismo en su texto.
Aseguró que nunca burló dicho reglamento; que siempre lo ha cumplido a rajatablas; que no fue “instruido de las otras inhabilidades”; que no se siente culpable de haber ocasionado desmedro a las arcas del Estado, y que obviamente a partir que fue citado por la Fiscalía de Investigaciones Administrativas dejó de patrocinar a clientes contra la provincia y no intentó el cobro de honorarios, a los que “en todo caso” renunció para evitar inconvenientes. (ADN)