Ratificarían fallo judicial por casa del IPPV a favor de chico muy enfermo
Cipolletti (ADN).- Los jueces superiores de Río Negro confirmarían la sentencia de la jueza cipoleña Patricia Cladera, que hizo lugar a la acción de amparo que presentó la madre de un chico con graves problemas de salud, que procura una vivienda del IPPV para su plena contención médica. El fallo judicial fue apelado por un funcionario de la Fiscalía de Estado. La sentencia de Cladera fue dictada el 7 de junio y apelada por el apoderado de la Fiscalía de Estado, Ramiro Mendía, mientras el 13 de este mes la cuestión planteada fue analizada en forma pormenorizada por la procuradora general del Poder Judicial, Liliana Piccinini.
La señora A.S., en representación de su hijo de 13 años, presentó recurso de amparo contra el IPPV para obtener una vivienda que resulte “apta para realizar la rehabilitación y el tratamiento del niño” y expuso que convive con sus hijos en la casa de su madre, en la cual no es posible obtener los cuidados higiénicos especiales que la discapacidad y dolencia de su hijo requiere.
Indicó que el menor es atendido en el Hospital Garraham, donde los médicos han manifestado la necesidad urgente de que habite en una vivienda con agua potable, libre de humo, limpia, con medidas de higiene en baños, ante la enfermedad que empeora a medida que el niño crece.
“La amparista presentó variada documentación al IPPV hallándose el organismo en conocimiento de su situación, pero aún no se le ha entregado la vivienda».
En el expediente en trámite se encuentran constancias y certificaciones de la situación descripta anteriormente””, consigna la documentación judicial.
Se desprende que el Consejo Provincial del Discapacitado se comunicó con el IPPV y que la mujer se encuentra inscripta desde el 19 de agosto de 2009, sin haber acreditado sus ingresos y regularizado y ello deberá ser enviado a la Junta Evaluadora de Discapacidad de Cipolletti.
Un informe social practicado en la vivienda menciona que la amparista y su hijo discapacitado conviven con otros familiares y que: “ …debido al cuadro de discapacidad el niño tiene baja inmunidad, debe tener condiciones de limpieza rigurosa, tanto en la casa como en el baño; que habitan 11 personas en condiciones de hacinamiento y es imposible mantener las condiciones requeridas para el menor. Concluyendo la profesional que tener una vivienda digna es un derecho y en el caso con el diagnóstico del niño es una necesidad”.
Por su parte, la secretaria de Acción Social de Cipolletti elevó informe social y documentación sobre la situación, manifestando que según lo dicho por la señora A.S. al servicio social, no requiere de subsidios para alquiler, sino el otorgamiento de una vivienda.
De otro informe social producido el 18/05/2012 surge que en la actualidad conviven 13personas en la vivienda del barrio Quito, entre lo cuales se encuentra un bebé de seis meses. Hace constar que G. (el chico) toma medicación permanente y que, a su grave problema de salud, se suma que deberá ser sometido a un trasplante de riñón. También surge que A. S. percibe un sueldo de $ 3.500 como empleada del Club Cipolletti y una pensión por discapacidad de su hijo, relatando que hizo entrega del terreno que poseía en el barrio Antártida porque “le era imposible económicamente construir””.
A su turno, la defensora de Menores e Incapaces fundamentó los motivos por los que debe hacerse lugar a la acción instaurada en forma “urgente”. (ADN)