Habrían abusado a menor en Las Grutas, pero investigará Juzgado de Cipolletti
Cipolletti (ADN).- El Juzgado de Instrucción Nº 4 de Cipolletti tendrá competencia para entender en las actuaciones vinculadas con un caso de presunto abuso sexual de una niña de 10 años, ocurrido en enero pasado en el balneario de Las Grutas. Por ese hecho está imputado el tío de la pequeña víctima.
Como parte de las actuaciones, se presentó una contienda de competencia entre los titulares de los Juzgado de Instrucción N° 4 de Cipolletti y del Juzgado de Instrucción N° 4 de Viedma.
En ese contexto, se describió que las actuaciones se iniciaron con una denuncia interpuesta ante la Fiscalía Nº 2 de Cipolletti, mediante la cual se detallaron los hechos de los que habría sido víctima la hija menor del denunciante, en un viaje realizado entre el 22 y 28 de enero de este año a Las Grutas, siendo sindicado como posible autor el marido de la hermana del denunciante.
Por su parte, el agente fiscal Oscar Omar consideró necesario llevar adelante la investigación preliminar, solicitando al Juzgado de Instrucción Nº 4 de Cipolletti que disponga la realización de una entrevista en cámara Gesell con la niña, la que efectivamente se realizó, constando además el informe efectuado con relación a dicha entrevista por la licenciada Verónica Murias.
La Fiscalía solicitó al Juzgado que habilitó la medida que se declare la incompetencia territorial para entender en las actuaciones en virtud de las prescripciones del artículo 25 del CPP, atento que el hecho a investigar habría ocurrido en Las Grutas. Entonces, el titular del Juzgado de Instrucción Nº 4 de Cipolletti resolvió remitir las actuaciones al juez a cargo del Juzgado de Instrucción en turno de la Primera Circunscripción Judicial.
El titular del Juzgado de Instrucción Nº 4 corrió vista al Ministerio Público Fiscal, interviniendo la fiscal viedmense Daniela Zágari, quien consideró que se debe asumir la competencia. No obstante, el juez de Instrucción Guillermo Bustamante (de Viedma) rechazó tal criterio, señalando que tanto víctima como victimario residen en la ciudad de Cipolletti, lo que implica que en esa Circunscripción se debe continuar con la pesquisa, porque el imputado reside en Cipolletti y es ahí donde “podrá ejercer cabalmente su derecho de defensa, habida cuenta que podrá compulsar el expediente y tomar contacto con su defensor, puesto que de lo contrario no estaría en igualdad con el Ministerio Público Fiscal.
Luego de un pormenorizado análisis de las actuaciones, el juez del Superior Tribunal Enrique Mansilla concluyó que tanto víctima como victimario residen en la ciudad de Cipolletti, donde “este último podrá ejercer cabalmente su derecho de defensa, habida cuenta que podrá compulsar el expediente y tomar contacto con su defensor, correspondiendo asignar la competencia para entender y sentenciar en autos al titular del Juzgado de Instrucción N° 4 de la ciudad de Cipolletti”.
“Se tienen presentes los derechos de las víctimas previstos en los artículos.74, 75 y ss. del Código Procesal Penal, así como lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos del Niño, atento impone una consideración primordial de atender el interés superior de los niños, dada la particular situación de la causa, en la que se trata de una víctima menor”. (ADN)