Justicia reconoce legitimidad del Bloque Alianza para actuar contra Ley de Disponibilidad
Viedma.- El bloque de legisladores de la Concertación para el Desarrollo expresó su conformidad con la resolución del Superior Tribunal de Justicia del 8 de este mes, que reconoce la legitimación del legislador y presidente de la bancada, Bautista Mendioroz, por la demanda por inconstitucionalidad contra la Ley Nº 4.735, de Disponibilidad.
El bloque de la Alianza recordó que en la acción iniciada en febrero de este año la Fiscalía de Estado había planteado la falta de legitimación o aptitud para accionar contra dicha ley, por entender que no se encontraban afectados sus derechos personales ni los de su función parlamentaria. Esa posición había sido compartida por la procuradora general Liliana Piccinini a mediados el mes de junio.
“Por fin en el día de hoy tomamos conocimiento de la decisión del STJ, que por mayoría, entiende que nuestro planteo, la acción de inconstitucionalidad contra la ley de disponibilidad “… se funda en la existencia de una lesión o perjuicio a su persona y a sus atribuciones constitucionales, por cuanto limitaría el ejercicio del cargo que ostenta, lo que -sin abrir juicio de valor sobre el fondo del planteo- conduciría a la violación de derechos y garantías expresamente reconocidos por la Constitución….”.
Sostiene la mayoría de ese Tribunal que “la vulneración constitucional se produciría en virtud del avance sobre su “derecho de función” como legislador. Se trata de la invocación de una afectación personal que lesiona el ejercicio de las atribuciones y deberes del cargo que ostenta, lo que constituiría un interés concreto, especial y personal para llevar adelante la misma”, y que existe en autos un interés concreto, más comprensivo, más abarcativo, más flexible, y es con ese espíritu que se inclinan “…por permitir a un justiciable -sea cual fuere el cargo, función o lugar que ocupe en la comunidad- que ponga en duda el apego y respeto a la Constitución de una norma de singular trascendencia para la provincia y sus habitantes, como es la cuestionada….”.
“Se ha dado un paso trascendental en este trámite judicial, creemos que el Superior Tribunal de Justicia, aún con diferencias de criterio, ha estado a la altura de las circunstancias, dejándonos en claro que no existe en el caso una “mayoría automática” como algunos pudieron insinuar en el trámite de integración de dicho Tribunal”.
“Queda ahora esperar por la resolución del fondo del tema planteado, y esperamos que en definitiva se declare la inconstitucionalidad de la ley Nº 4.735, porque tenemos en claro que no hay lugar posible para leyes de disponibilidad en Río Negro”.