Aprueban reglamento para transporte de personas con discapacidad

Bariloche.- En la última sesión se aprobó el proyecto impulsado por la concejal Elena Welleschik, que reglamenta la habilitación del servicio especializado de transporte destinado a personas con discapacidad.

 

 

Con esta ordenanza se pretende regularizar el faltante normativo que existía hasta este momento enla Municipalidadde San Carlos de Bariloche, y que establece las habilitaciones del transporte, tipo escolar, auto taxi, auto remis y las condiciones necesarias, de servicio, seguridad, confort e higiene para el traslado de personas con discapacidad.

 

Para lograr la correspondiente licencia, el titular deberá ser residente con domicilio fijado en el ejido municipal, reflejándose dicha condición en su DNI, tener Registro de Conducir con la categoría profesional D1 y/o D2 debidamente otorgado, notificar su situación impositiva antela AFIPyla Dirección Provincialde Rentas. Con relación al automotor, deberá acreditar la propiedad o copropiedad del mismo.

 

Las licencias serán otorgadas porla Direcciónde Tránsito y Transporte dela Municipalidadde San Carlos de Bariloche, a través de la inscripción en un Registro habilitado para tal efecto y la consiguiente emisión de un certificado numerado correlativamente.

 

Con relación a las condiciones que deben cumplir los vehículos para prestar este servicio, se requiere que el mismo no exceda los 10 años de antigüedad, contar con una rampa retráctil o plataforma movible por medio manuales, mecánicos o hidráulicos, capaz de elevar desde el suelo hasta el vehículo a una silla de rueda de construcción normal ocupada por una persona con discapacidad; poseer elementos de fijación de las ruedas de la silla al piso del vehiculo, así como barandas internas de protección lateral, entre otras que se detallan en el Capítulo III dela Ordenanza.

 

Entre los otros puntos, se crea la figura del celador, que deberá disponerse en los casos cuando se trate de niñas, niños o adolescentes y que no cuenten con el acompañamiento de sus padres o tutor. En el caso de los adultos cuando éste lo requiera o cuando la circunstancia de su discapacidad lo amerite.

 

Se exige con esta reglamentación, tanto al conductor como al celador, haber aprobado un Curso Especial de Atención de Primeros Auxiliadores y de Tratamiento de Personas con Discapacidad, indicados porla Autoridadde Aplicación y que se encuentren bajo el Programa de Capacitación enla Direcciónde Gestión para Personas con Discapacidad dela Municipalidad.

 

La contratación del servicio será pactado libremente entre el usuario y su obra social, medicina prepaga y el titular de la licencia, no teniendo responsabilidad ni injerencia la Municipalidad de San Carlos de Bariloche.

 

FUENTE: Concejo Municipal