Bariloche: Inspeccionan entidades bancarias ante reclamo de consumidores
Bariloche (ADN).- Inspectores municipales inspeccionaron entidades bancarias y financieras de la ciudad, ante el reiterado reclamo ante la Oficina de Defensa del Consumidor por desinformación de tasas de interés y mal trato del personal. Sancionaron a dos establecimientos. La Oficina Municipal de Información y Defensa al Usuario y Consumidor (OMIDUC) fiscalizó entre agosto y septiembre 8 bancos y 22 entidades financieras no reguladas por el Banco Central de la República Argentina, según informó la Municipalidad.
Se sancionaron a dos establecimientos –cuyos nombres no fueron difundidos- por no cumplir con las normas protectoras de los consumidores.
Las inspecciones se realizaron por las elevadas estadísticas del registro de reclamo de consumidores, que manifestaron en forma reiterada denuncias por falta de información en la tasas de intereses que se aplicaban, cláusulas abusivas que se imponían, la demora en la atención en ventanillas de cobranzas y la inadecuada prestación de los servicios, entre otros.
“Los consumidores afectados en muchas oportunidades desconocían sus derechos con el agravante que eran maltratados por personal de los proveedores anteriormente citados”, indicó la OMIDUC que exigió a estas entidades la exhibición en los locales y ventanillas del cartel reglamentario que informa acerca de los derechos básicos de cualquier consumidor y la vía de contacto gratuita 0800-333-2153 –OMIDUC, para efectuar sus reclamos.
Se intimó además a las entidades financieras a exhibir con carteles identificatorios la ubicación del “Libro de Quejas” rubricado por la Dirección de Comercio Interior, y exhibir un cartel enunciativo que indica lo reglamentado por ley provincia, por la cual considera infracción “la espera por un lapso mayor a treinta (30) minutos, en ventanillas y/o cajeros automáticos, en instituciones financieras y no financieras, que presten servicios de cobranzas de impuestos o servicios públicos, tanto nacionales, provinciales o municipales y de pago de haberes de jubilados y pensionados y de activos que por convenio o disposiciones de cualquier naturaleza, deban percibir sus haberes en dichas instituciones”. (ADN)
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