Justicia ordena crear gabinete técnico criminológico en la cárcel de Bariloche
Bariloche (ADN).- Un Juzgado de Instrucción ordenó a la Secretaría de Seguridad y Justicia a crear un organismo técnico- criminológico en la unidad Penal III de Bariloche. Le otorga un plazo de un mes y apunta a realizar evaluación de los internos alojados para un tratamiento que conduzca a la reinserción.
La medida dispuesta por el juez Martín Lozada, se dio a conocer tras una nueva fuga de dos detenidos del penal que cavaron un tunel en la alcaidía para huir y luego del alejamiento del director del establecimiento Héctor Almirón, que no tuvo aceptación entre los miembros del servicio penitenciario local.
El juez dictó la orden de crear un gabinete a través de un hábeas corpus, según lo previsto por la ley del servicio penitenciario.
Para Lozada la ausencia de ese gabinete “delata que no se lleva a cabo ningún tipo de evaluación respecto de los internos alojados de la unidad penitenciaria local, ya sean procesados o condenados, lo cual impide saber de acuerdo a criterios profesionalizados cuál es el tratamiento que requiere cada uno de aquéllos”, informó el Poder Judicial.
Agregó en su fallo que “el desconocimiento de qué tipo de intervención puntual requiere cada uno de los internos e internas trae aparejado un franco perjuicio para quienes deben estar privados de su libertad ambulatoria en la Unidad”.
Recordó en este sentido que la privación de la libertad “debe estar orientada a un preciso plan de acción en torno a su resocialización y posterior reinserción social” Aspiraciones que resultan ser de cumplimiento imposible ante la situación de abandono que aquí se viene planteando”.
El Juez apuntó al “abandono” de la institución en contradicción a normativas vigentes enla Constituciónnacional y tratados internacionales, “por lo que resulta indispensable repararla de modo urgente”.
Remarcó que la restricción de la libertad ambulatoria de las personas y su alojamiento en establecimientos penitenciarios tiene una finalidad constitucional precisa que es la resocialización y apuntó ala Leyde Ejecución dela PenaPrivativadela Libertadsancionada en 1996, que dispone esa finalidad.
De acuerdo a ello, “a más del mero depósito de personas, los establecimientos carcelarios tienen por cometido constitucional la puesta en práctica de un tratamiento tendiente a lograr dicha resocialización y reinserción. El cual debe ser supervisado por un organismo técnico-criminológico sobre la base del principio de progresividad (arts. 6 y 13 de la ley 24660)”, precisó el juez y resaltó que estos dispositivos rigen para personas procesadas y condenadas.
Lozada, que semanas atrás recorrió nuevamente la unidad penal ante la denuncia de un interno por las malas condiciones, afirmó que ésta unidad tiene un “colectivo de personas privadas de su libertad que nunca fueron evaluadas en su tránsito penitenciario. Al menos desde una perspectiva técnico-profesional”.
Según precisó, el gabinete ordenado a Provincia, debe integrarse por un psiquiatra, un psicólogo, un asistente social y en lo posible, entre otros, por un educador y un abogado, todos ellos con especialización en criminología y en disciplinas afines.
Finalmente, expresó que “la seguridad como deber primario del Estado no sólo importa resguardar los derechos de los ciudadanos frente a la delincuencia, sino también, como se desprende de la legislación citada, los de los penados, cuya readaptación social se constituye en un objetivo superior del sistema. Objetivo éste que nunca se va a poder lograr cuando existan incumplimientos de las obligaciones por parte de quien tiene aquella responsabilidad”, concluyó. (ADN)