La defensa de Freydoz habló de «empeño acusatorio» de la fiscalía
Roca.- El abogado Alberto Richieri, defensor de Susana Freydoz planteó en sus alegatos «un excesivo ejercicio del poder punitivo de Poder Judicial de Río Negro» en el caso en el que se investiga la muerte del fugaz gobernador Carlos Soria. También consideró que «es una causa que si vemos el desarrollo de la acusación no tiene ninguna particularidad que nos habilite a justificar tanto empeño acusatorio», haciendo referencia al pedido de prisión perpetua de la fiscalía.
«Esta causa, la causa Soria, o la causa por la cual mi defendida se encuentra traída a juicio ha tenido determinadas características que desde la óptica de esta defensa atentan contra la racionalidad del ejercicio del poder punitivo», argumentó Richieri. «Esta defensa con el sesgo de ingenuidad que lo caracteriza pretende que al momento de dictar sentencia la racionalidad se encause y la condena o la absolución de mi defendida se enmarque dentro de los principios constitucionales, las normas legales y las normas que regula la apreciación de la prueba», agregó.
El defensor enumeró además, «sintéticas referencias sobre las características que tuvo esta causa, esta causa al momento del hecho tuvo dos gabinetes de Criminalística que operaron en el hecho, el gabinete de Criminalística de Cipolletti y el gabinete de Criminalística de General Roca; tuvo tres médicos forenses avocados, dos a la autopsia, uno a otros menesteres; constantemente tuvo un Juez de Instrucción con dedicación exclusiva; tuvo un fiscal de grado con dedicación exclusiva; fue designado un perito psiquiatra de oficio, con un convenio no se si firmado de de exprofeso, me quedan dudas, con el Poder Judicial para realizar la pericia de oficio; tuvo un fiscal de cámara con dedicación exclusiva y que contó con un relator y un asesor en psiquiatría. Además existieron declaraciones de funcionarios de primer nivel de este Poder Judicial, que refirieron conocimientos y adelantaron situaciones».
«Estas circunstancias, a pesar de que no podrían dar motivos a planteos nulificantes, si indican un excesivo ejercicio del poder punitivo del estado rionegrino, de este Poder Judicial de Río Negro en investigar y hemos visto aquí acusar a mi defendida», consideró Richieri y agregó que «esta causa a pesar de las características de la víctima, es una causa que ocurre dentro del seno familiar, como muchas causas de las que han ocurrido y que han sido traídas a análisis de los jueces de esta circunscripción».
«Es una causa que si vemos el desarrollo de la acusación no tiene ninguna particularidad que nos habilite a justificar tanto empeño acusatorio, lo digo porque esta defensa pretende, y no lo duda, de este Tribunal la aplicación de ese principio al que hace referencia (Eugenio) Zaffaroni, la racionalización del poder punitivo es la única herramienta con la que cuenta la Justicia para legitimar su actuación», acotó Richieri.
La Cámara Primera del Crimen, integrada por Carlos Gauna Kroeger, Fernando Sánchez Freytes y María Evelina García Balduini, dará a conocer su veredicto el martes 20 a las 18 en auditorio del edificio de Tribunales de General Roca, la acusación solicitó una pena de prisión perpetua por homicidio calificado por el vínculo, agravado por el uso de arma de fuego; mientras la defensa solicitó la absolución por inimputabilidad, o en el caso de una condena las penas mínimas sobre las figuras de homicidio atenuado por emoción violenta, o en su defecto homicidio culposo