Mansilla criticó términos usados en resolución judicial
Cipolletti (ADN).– El juez del Superior Tribunal de Justicia, Enrique Mansilla consideró que en una resolución de la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti se utilizaron ciertos términos que “no se corresponden con la mesura y equilibrio apropiados para el ejercicio de la magistratura”.
En ese sentido, Mansilla reseñó los siguientes términos: “Estrambótico argumento”, “Semejante dislate”, “Vicio de pedir” y “Podría haber incurrido en mala fe procesal”, que “no se corresponden con la mesura y equilibrio apropiados para el ejercicio de la magistratura, en atención a los planteos de las partes, ni con el respeto que ellas merecen”.
La resolución de la Cámara trata sobre un caso de un imputado del delito de violación de domicilio en concurso ideal con robo simple en grado de tentativa.
Además, el juez superior indicó que “el discurso (del Tribunal cipoleño en un caso específico) pone en evidencia un error jurídico conceptual del magistrado, toda vez que, como fue reseñado y, como dice el recurrente, el mínimo de la pena única a imponer es el mínimo mayor, esto es seis años y ocho meses”.
Mansilla estimó que “todo es argumentable en la medida en que se respete dicho límite, más aún en aspectos eminentemente valorativos, no sujetos siempre a reglas objetivas, como son los vinculados con la imposición de pena”.
Por eso, interpretó “innecesarios e injustos tales calificativos para quien muestra empeño, laboriosidad y responsabilidad en el ejercicio de su Ministerio”.
Del expediente se desprende que el 26 de junio de este año, la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti condenó a Diego Miranda a la pena de nueve meses de prisión efectiva, lo declaró reincidente y mantuvo la calificación legal de violación de domicilio en concurso ideal con robo simple en grado de tentativa.
También le impuso a Miranda la pena única de nueve años y cinco meses de prisión efectiva, con declaración de reincidencia al unificar con anteriores penas impuestas en dos causas. (ADN)