Violencia de género: Juez procesó a hombre por lesiones graves contra su novia

Viedma.– El Juez de Instrucción Penal de Viedma, Guillermo Bustamante, dictó el procesamiento de una persona de sexo masculino, C.A.L, mayor de edad y vecino de esta ciudad, por estimarlo autor penalmente responsable del delito de lesiones graves, contra su novia.

 

El magistrado ordenó además, a efectos de resguardar la integridad física de la mujer y su grupo familiar, y de evitar se concrete un peligro potencial sobre bienes resguardados jurídicamente por la ley penal, -como medida cautelar y en tanto dure este proceso-, la prohibición de que C.A.L. tome contacto en forma directa o indirecta y por cualquier medio con la víctima y su grupo familiar.

“Dicha prohibición importa la obligación de abstenerse de concurrir al domicilio de ésta, como también de acercarse a los mismos o a ella, a una distancia menor a los 300 metros, bajo apercibimiento de ordenar su inmediata detención”, afirmó Bustamante en su fallo.

En tal sentido dispuso librar oficio al Jefe dela Comisaría 30º de Viedma para que tome conocimiento de lo ordenado, debiendo tomar los recaudos necesarios para el cumplimiento de dicha disposición, debiendo acordar con la mujer las cuestiones operativas que tiendan a hacer efectiva la medida. Asimismo deberá coordinar la protección policial, con las unidades policiales que tengan la pertinente jurisdicción en ésta ciudad.

El juez atribuyó al encartado  ser el presunto  autor del hecho delictivo ocurrido en Viedma, el día 16 de septiembre último, en horario no precisado con exactitud pero ubicable entre las 05.30 y las 07.30 horas, en circunstancias en que discutía con su novia, en el interior del domicilio de ella del barrio Guido de esta ciudad,  cuando la habría inmovilizado sobre la cama -tomándola de los brazos- y le habría mordido el labio inferior ocasionándole la pérdida parcial del labio inferior 2,5 por 1,5 cm..

Como consecuencia del ataque, la lesión conlleva una deformación permanente del rostro de la víctima, y equimosis de 6 cm. en la cara interna del brazo izquierdo -lesiones certificadas, cuyo tiempo de curación es de 30 a 40 días con igual incapacidad laboral.

Según Bustamante “con el plexo probatorio acuñado hasta el momento se tiene por acreditado que L. lesionó a D. mordiéndole el labio inferior ocasionándole pérdida de sustancia del mismo de 2,5 por 1,5 cm. y 2- equimosis de 6 cm. de diámetro en cara interna del brazo, produciéndole la fractura de su muñeca izquierda, lesionándole el cartílago cubital.”

Afirmó el Juez que “para ello basta tener cuenta los escalofriantes dichos de la denunciante en cuanto refiere que el encausado, la tomó fuertemente de los brazos, la empujó a la cama queriendo besarla y como ella le decía que se vaya la mordió fuertemente del labio inferior, y luego de decirle que si no era de él no iba a ser de nadie, la mordió cada vez más fuerte, mientras la víctima trataba de gritar y de que la deje, hasta que finalmente lo vio con un trozo de su labio en la boca.”

“Como puede apreciarse, producto de los celos y la negativa de D. de besar a L., éste literalmente le arrancó una porción del labio inferior, mordiéndola”, señaló el magistrado.

Bustamante puso de relieve que, “al momento del dictado de la presente tomo en cuenta que los sucesos sufridos por F. D. constituyen hechos de violencia especialmente dirigidos contra la mujer.”

FUENTE: Poder Judicial