STJ ordena nuevo debate por el crimen de empleado judicial
Bariloche/Viedma (ADN).- El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro hizo lugar a los recursos de casación interpuestos por la Fiscalía de Cámara y la querella en la causa por el crimen de Carlos Javier Castillo, un empleado judicial de Bariloche asesinado en junio de 2010 en un intento de robo en Dina Huapi, y ordenó realizar nuevamente el juicio oral, anulando la absolución del imputado Néstor Quintero, que había ordenado la Cámara Primera del Crimen.
El fallo data de diciembre por lo que intervinieron los tres jueces del máximo tribunal –Sergio Barotto, Enrique Mansilla y Víctor Sodero Nievas- pero fue difundido hoy por el Poder Judicial.
El tribunal resolvió anular la sentencia del 28 de marzo de 2012, dictada por la Cámara Primera en lo Criminal de Bariloche que había absuelto al único imputado por el crimen de Castillo y también anuló el debate, con la aclaración de que conserva plena validez legal la totalidad de la prueba realizada en autos durante el período de tiempo que va desde el 6 de marzo de 2012 hasta el 16 de marzo de 2012, como así también los soportes o medios en que constan (fojas del expediente y DVD donde se registraron las videograbaciones -reservados en Secretaría-), que ingresarán directamente al próximo debate oral. Además las partes podrán pedir en el nuevo debate ampliar las pruebas.
El máximo tribunal decidió reenviar el expediente al origen para que con distinta integración de la Cámara se realice un nuevo juicio oral.
El STJ rechazó un planteo de la Defensora General, Rita Custet Llambí respecto de que la Fiscalía General no sostuvo el recurso del Ministerio Público Fiscal –por lo que la funcionaria ahora puede recurrir ante la Corte Suprema- e hizo lugar a los recursos de casación deducidos por el fiscal de Cámara y la parte querellante particular encabezada por la madre del joven asesinado, Nilda Zulema Paletta con el patrocinio del abogado Raúl Miguel Ochoa.
Castillo fue asesinado de un disparo de arma de fuego cuando intentó evitar el robo de la despensa de su madre, en las afueras de Dina Huapi.
En la sentencia concluye el STJ que la Cámara del Crimen realizó una “arbitraria valoración de la prueba” que la llevó a desechar “por el beneficio de la duda- la participación del prevenido en el hecho, sin la necesaria motivación que se exige a las resoluciones judiciales”.
“Este Tribunal ha sostenido que `la eficiencia de la prueba de indicios depende de la valoración conjunta que se haga de ellos, teniendo en cuenta su diversidad, correlación y concordancia, pero no su tratamiento particular, pues por su misma naturaleza, cada uno de ellos no puede fundar aisladamente ningún juicio convictivo’”.(ADN)