Allen: Ordenan inmediata paralización de toda actividad minera en Barda Norte
Allen.- La Secretaría de Minería de Río Negro ordenó la inmediata paralización de toda actividad minera en la zona de explotación individualizada como “Sector 2” en inmediaciones de Barda Norte en la localidad de Allen, ante la constatación de distintas irregularidades de parte del responsable de la misma. En tal sentido, se requirió a la Policía hacer efectiva esta medida.
La medida fue dispuesta a través de la Resolución 02/2013, firmada por el secretario de Minería, Gustavo Ferreyra, y fundada en las reiteradas irregularidades cometidas por un particular en el citado emprendimiento.
“Esta decisión está enmarcada en la política encarada por el Gobierno Provincial de realizar un estricto control de las actividades mineras y del cumplimiento de las normativas vigentes, no solamente en resguardo del recurso natural utilizado, sino también de la seguridad de las personas que trabajan en los distintos emprendimientos”, destacó al respecto Ferreyra.
Explicó que “estamos realizando fuertes controles y procediendo a la paralización de la actividad en las zonas que no cuentan con la correspondiente autorización. No ahorraremos esfuerzos en hacer cumplir la normativa vigente a través de la policía minera”.
Indicó que “hemos llegado a esta determinación luego de notificar al productor identificado como responsable la informalidad de la explotación y a necesidad de regularizar su situación, cuestión que nunca fue cumplida por el dueño de la empresa en cuestión. Por esta razón, hemos tomado la determinación de paralizar la actividad.
Entre las irregularidades detectadas se encuentran la explotación ilegal y extracción de material en puntos que no corresponden a ninguna pertenencia minera ni a ninguna cantera declarada ni autorizada.
Se explicó que se pudo constatar la repetición de la explotación ilegal y la utilización de máquinas y camiones del productor minero transportando el material extraído en lugares no habilitados.
Precisamente, esta situación irregular es reconocida por el propio productor ante la autoridad minera, argumentando que no tiene posibilidad de regularizar la situación del predio del que extraía los materiales, a pesar que desde el punto de vista legal se le han ofrecido alternativas para llegar a dar una regularidad a la situación.
Asimismo, en las inspecciones se detectó que en el Sector 2 se halla muy próxima la excavación a una cañería del NEUBA, incluso en algunos lugares a menos de diez metros. También se constató que ese Sector era una cantera que no fue solicitada, habilitada ni registrada. De esta manera, no se encuentra autorizada a explotar por no cumplir con las exigencias establecidas para las canteras ubicadas en campos de propiedad particular.
En tal sentido, el secretario de Minería, Gustavo Ferreyra, recordó que “antes del inicio de cualquier actividad especificada en el art. 249 del Código de Minería, se deberá presentar ante la autoridad de aplicación un informe de Impacto Ambiental”.
Destacó en este marco que “es de imperiosa necesidad modificar las conductas que pueden ocasionar riesgos para las personas, la seguridad pública y los bienes de la superficie”.
PE