Coimas en Lotería de Río Negro: evalúan posible prescripción de la causa

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Miguel Irigoyen

Viedma (ADN).- El Superior Tribunal de Justicia remitió ayer a la sala A de la Cámara en lo Criminal de Viedma las actuaciones vinculadas con la causa por delito de coimas que involucra a un ex presidente de la Lotería de Río Negro, un empresario de juegos de azar y un ex basquebolista. con el propósito de que evalúe la eventual prescripción de la acción penal.

Hace cuatro años, el ex titular de la Lotería Miguel Ángel Irigoyen, el empresario Carlos “Cacho” Ferrari y el ex basquebolista Andrés Santamaría fueron condenados por el delito de “cohecho pasivo en forma continuada, recepción de dádivas”.

Precisamente, el 5 de febrero de 2009, la sala A de la Cámara en lo Criminal de Viedma condenó a Irigoyen a cinco años de prisión e inhabilitación especial perpetua para el manejo de fondos públicos e inhabilitación absoluta por el término de tres años, por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de “cohecho pasivo en forma continuada y recepción de dádivas en forma continuada, en concurso real”.

También fueron condenados Ferrari a cuatro años de prisión por el delito de “cohecho activo” y Santamaría a tres años y seis meses de prisión, como persona interpuesta en el delito de cohecho. Tres abogados defensores presentaron respectivos recursos de casación, pero el 7 de julio de 2010 dos de esas acciones fueron rechazadas por el Superior Tribunal.

Respecto de Santamaría, por mayoría, se hizo lugar en forma parcial al recurso de casación y revocó así un punto de la parte resolutiva de la sentencia definitiva del Tribunal de origen y le impuso al ex deportista la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, accesorias legales y costas, como persona interpuesta en el delito de “cohecho, de modo continuado”. Luego, los abogados defensores formularon recursos extraordinarios federales.

El 11 de mayo de 2011, el STJ decidió conceder el recurso extraordinario federal interpuesto en favor de Irigoyen en lo que hace a la impugnación por el monto y la modalidad de ejecución de la pena de prisión impuesta y denegarlo, con costas, respecto del resto de los agravios.

También concedió recurso extraordinario federal a favor de Ferrari por la impugnación relativa al monto y la modalidad de ejecución de la pena de prisión impuesta, incluyendo el agravio referido a la ausencia de continuidad por hechos dependientes, y denegarlo, con costas, por el resto de las cuestiones, y desestimó el recurso intentado por el abogado de Santamaría.

El 11 de diciembre de 2012, teniendo en consideración que podría encontrarse prescripta la acción en la causa con relación al delito previsto por el artículo 259 del Código Penal, se dispuso suspender el trámite del recurso extraordinario hasta la decisión definitiva respecto de tal cuestión. En consecuencia, se ordenó la extracción de fotocopias de la causa y su devolución al STJ para el cumplimiento de lo dispuesto.

Ayer, el STJ resolvió que cabe asignar al Tribunal de origen (sala A de la Cámara en lo Criminal de Viedma) la competencia para decidir acerca de la eventual prescripción de la acción penal, lo que permite preservar, según interpretó el máximo organismo judicial rionegrino, el derecho constitucional a la doble instancia sobre la cuestión.(ADN)