Desestiman acción judicial de madre de menor que murió en accidente
Roca (ADN).- En ámbito de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de General Roca no avanzó el recurso que presentó la madre de un menor que murió porque fue embestido por el conductor de una motocicleta. Un juez sobreseyó al conductor y rechazó la demanda de la madre del menor. Ella inició su queja cuestionando el especial valor que el juez dio al sobreseimiento del automovilista en sede penal y señaló que el magistrado atribuyó la culpa en el evento dañoso a su hijo damnificado, por considerar que “el accidente se produce exclusivamente por su accionar, sin considerar la responsabilidad que cabe al demandado por conducir a excesiva velocidad, manejando un vehículo riesgoso sin extremar los recaudos en la conducción”.
De la declaración testimonial de una testigo, se desprende “el modo descuidado en que conducía la moto el demandado, a excesiva velocidad y en forma negligente, ya que iba por calle enripiada y no pudo evitar el alto impacto sufrido por el menor”.
La madre del menor sostuvo que el juez cargó toda la culpabilidad sobre la víctima eximiendo de responsabilidad al motociclista, cuando “éste es el único culpable, sin considerar siquiera, la culpa concurrente”.
Al analizar el caso, la jueza Adriana Mariani propició desestimar el recurso y explicó que el magistrado de primera instancia no dio especial valor al sobreseimiento dictado en sede penal, “más que en lo que corresponde por las normas de prejudicialidad citadas”.
“Tampoco es cierto que el juez base su sentencia en la declaración de una sola testigo. Lo que puntualiza el magistrado es que da especial alcance a la misma pues fue testigo presencial del hecho. Y obviamente que tome la prueba colectada en sede penal, tampoco invalida su decisión puesto que ante la falta de otras medidas, obviamente se sirve de las colectadas en el otro fuero, las que constan en el expediente penal agregado por cuerda y que -como instrumento público que es- fue considerado por el juez”, agregó Mariani.
Finalmente, tampoco consideró que pueda inferirse el exceso de velocidad o falta de control del ciclomotor, por el hecho de que la testigo hubiese dicho: «El chico voló como un trapo…\». No hubo pericias que indicaran la velocidad del rodado y no puede presumirse de tal expresión. Tampoco lo dijo la testigo, quien, por el contrario, indicó «…que veía venir la moto, y de repente, de su lado izquierdo, vio pasar un chico corriendo y cruza delante de la moto y vio que la moto agarró a otro chico que venía detrás del primero y no alcanzó a pasar…».
“En suma, considero que fue la víctima, niño de ocho años, quien fracturó el nexo causal al interponerse intempestivamente en la trayectoria del ciclomotor”, remarcó la magistrada roquense.
Agregó que en el caso, el niño tenía una minusvalía visual, habiendo perdido prácticamente la visión del ojo derecho a los dos años y medio porque «se enterró un fierro…», según informe oficial, “lo que hubiera justificado mayor control y cuidado de los progenitores”. (ADN)
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