Viedma: Quiere que Facebook bloquee perfil porque amenazaron al hermano
Viedma (ADN).- Una mujer domiciliada en Viedma requirió a la Justicia que accione contra Facebook Argentina para que bloquee o elimine de la página el perfil de su hermano, imputado en una causa judicial, porque dice que lo amenazaron. Eventualmente, el caso podría ser de competencia federal y, para la Procuración General del Poder Judicial, la presentación carece de legitimación procesal para la representación del posible afectado. Las actuaciones se iniciaron cuando P. S., en su carácter de hermana de J. M. S., con el patrocinio letrado de los abogados locales Tomas Armando Rébora y Jesica Carbajal Aranda, requirió medida “autosatisfactiva” contra Facebook Argentina, solicitando de manera inmediata la “eliminación, bloqueo, supresión y retiro de todo contenido y/o datos referidos a J.M. S. que obren en dicho sitio… que injurien, ofendan, agredan, vulneren, menoscaben o afecten la intimidad personal, el buen nombre y honor del nombrado y su familia”.
La mujer adujo ser hermana de J. M. S., imputado en una causa que tramita ante el juez penal viedmense Guillermo Bustamante.
La hermana relató que una persona enemistada con su hermano, realizó una publicación en su perfil de Facebook, junto con su fotografía cuyo texto menoscabaría “el buen nombre y honor del imputado y su familia”, aclarando que no ha sido procesado ni condenado por ningún delito, ni tampoco posee antecedentes penales, por lo que hasta tanto se establezca la situación procesal del mismo se debe proteger al imputado contra difamaciones y calumnias.
En un dictamen emitido el martes pasado, la procuradora general Liliana Piccinini sustentó que la señora en cuestión solo refiere, a fin de fundar su interés, su calidad de “hermana” de quien aparece como afectado, sin que invoque su representación legal ni mucho menos acredite cuál es el interés personal protegido por el derecho o su titularidad.
En el relato de las circunstancias motivadoras de la presentación bajo análisis se puntualizó que el “afectado” se encontraría detenido, ante lo cual Piccinini explicó que dicha circunstancia, sea por una detención liminar o al dictado de la prisión preventiva, no acarrea en el destinatario otra consecuencia que la coerción de su libertad ambulatoria, conservando todos los restantes derechos. “De manera que nada impide que sea el propio afectado quien accione»
La aclaración se impone para evidenciar que la presentante, no reúne ninguna calidad que permita tenerla como representante legal de su hermano”. (ADN)
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