Análisis judicial por fatal accidente entre dos grandes camiones
Choele Choel (ADN).- Un accidente ocurrido en febrero de 2007 sobre la ruta nacional 22, en el Valle Medio, fue analizado el 8 de este mes por jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de General Roca, con un eje central de evaluación en los honorarios de los abogados actuantes. Pero, también en las mutuas culpas sobre cual de los dos camioneros -uno de los cuales murió- invadió el carril de camino contrario.Según consta en el expediente, el siniestro de tránsito ocurrió el 4 de febrero de 2007, aproximadamente a las 3 de la madrugada, sobre ruta nacional 22, a la altura de la ciudad de Darwin. Por ese tramo circulaba un camión Mercedes Benz que traccionaba un semirremolque y que chocó contra otro camión, Scania, también con semirremolque playo que transportaba una motoniveladora marca CAT y transitaba en sentido contrario. Uno de los camioneros habría manejado con algún grado de alcoholismo.
Por el hecho, reclamaron el dueño del camión Mercedes Benz, que también explotaba la unidad, y por expediente acumulado el chofer de ese vehículo de gran porte.
En el expediente se consignó que contra la sentencia de primera instancia, que hizo lugar a la acción deducida, apelaron dos personas y la compañía aseguradora condenada, que además cuestionó la totalidad de los honorarios regulados por estimarlos altos. Y apelaron también dos abogados y un perito porque sus honorarios son bajos.
Un juez de Primera Instancia condenó a una empresa vial y su aseguradora, fundando su decisión en la responsabilidad objetiva.
Una de las partes sustentó que no se probó que el camión Scania hubiera invadido el carril contrario ni que el bajo nivel de alcohol en el conductor hubiese sido la causa del accidente. Consideró que correspondía el rechazo de la demanda o, en todo caso, la concurrencia de culpas, porque “no se probó que su asegurado fuese el embistente”.
Citó las conclusiones del perito que manifestó que “es imposible determinar cuál de los vehículos invadió la mano contraria y que el informe también demuestra que su asegurado no se desplazaba a velocidad excesiva y no hubo infracción ni obrar antijurídico”.
Argumentó contra otras conclusiones del experto y afirmó que de la prueba surge que fue el conductor del camión Mercedes Benz el que se cruzó de carril, pero esa fundamentación fue rechazada por la jueza Adriana Mariani.
Agregó la magistrada que los tres peritos que actuaron coincidieron en la probable hipótesis de invasión del carril contrario efectuado por el camión Scania, asegurado por la apelante y aunque ello es una hipótesis, estimó que “tiene cierto viso de probabilidad en virtud del alcohol en sangre encontrado a su conductor, única víctima fatal en el siniestro”. (ADN)
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