Jueces anulan pagos anticipados de gastos a dos peritos
Roca (ADN).- Jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de General Roca les indicaron a dos peritos accidentólogo y médico que participaron en una causa que deben hacerse cargo de las erogaciones propias y, también, dejaron sin efecto la orden de abonarles anticipo de sus propios gastos.La observación está incluida en una causa en la cual una persona fue beneficiada por carta de pobreza para litigar en la Justicia sin gastos, pretendiendo que se deje sin efecto la intimación a depositar 400 pesos en concepto de adelanto de gastos que requerían cada uno los peritos (accidentólogo y médico) designados de oficio, a fin de llevar a cabo una pericia.
En la causa un perito accidentólogo solicitó adelanto de gastos sin justificar absolutamente la necesidad de tal anticipo, sin perjuicio de lo cual fue fijado por una magistrada. Lo mismo hizo un perito médico, aunque justificó su solicitud -sin puntualizar- en gastos de fotocopias, material descartable, insumos, traslados desde la ciudad de Cipolletti (lugar de su residencia), proveyéndosele favorablemente la petición.
“Amén de que al inscribirse como peritos, seguramente los postulantes habrán tenido presente que debían eventualmente trasladarse desde su lugar de residencia para la concreción de entrevistas o informes, en tanto que el asiento de los Tribunales no es una circunstancia que pueda sorprenderlos y que en todo caso podrían peticionar préstamo del expediente o de las piezas pertinentes…”, indicó la jueza Adriana Mariani.
Agregó: “Debe tenerse presente que en oportunidad de concluir el pleito podrán percibir sus honorarios y aún cuando la acción no prosperara tienen el derecho que les otorga el artículo 77 5° párrafo del CPCC, siendo en el caso los accionados entes solventes que habrán seguramente de honrar la eventual deuda”.
Sustentó también que “es de inferir que los expertos habrán de percibir sus honorarios y con ello resarcirse de los gastos en caso de haberlos tenido.
No se nos escapa que la actividad conlleva un cierto azar; prueba de ello es también el hecho de que en determinados juicios se han regulado sumas abultadísimas a los peritos aún cuando la tarea no aparece tan compleja mas lo justifica el monto en análisis y la pertinencia del informe para la resolución del pleito”.
Sumándose el juez Gustavo Martínez a las fundamentaciones dadas por Mariani, interpretaron finalmente que “obligar a adelantar los gastos que se fijaron para los profesionales peritos podría constituir una valla para el justiciable y con ello conculcar derechos que le fueron concedidos”. (ADN)
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