Rechazan pretensión laboral del grupo “Padre Carlos Mugica”
General Roca (ADN).- La Justicia rionegrina rechazó la acción de amparo que promovieron dos referentes de la entidad denominada “Padre Carlos Mugica”, que dicen representar a 165 trabajadores desocupados del petróleo y la construcción, contra el Ministerio de Gobierno para que dicte una orden judicial que atienda los reclamos vinculados con la obtención de puestos laborales, respetando el cupo de trabajadores rionegrinos. Pero, la acción fue desestimada por funcionarios porque indicaron que aquellos tendrían que reclamar a empresas petroleras.La presentación fue efectuada por Carlos Alberto Ibarra (presidente de la entidad) y César Ariel Hidalgo.
Por su parte, el apoderado de la Fiscalía de Estado, Gastón Hernán Suracce, opuso falta de legitimación pasiva, cuestionó la procedencia formal de la acción y contestó el informe que se le pidieron.
El funcionario sostuvo que “el Estado no reviste aquí la condición de persona idónea o habilitada por la ley para discutir el objeto sobre el que versa el litigio” y puntualizó que la acción debió dirigirse contra las empresas petroleras que ejercen su actividad en el ámbito territorial de la provincia, lo que “no obsta a que la Secretaría de Trabajo ejerza por sí el poder de policía mediante constataciones y verificaciones que tengan por objeto fiscalizar el cumplimiento de la legislación vigente en materia laboral, de higiene y seguridad social”.
Indicó que ese organismo adoptó una serie de medidas a raíz del conflicto y alegó la improcedencia de la acción en virtud de “la falta de acreditación de la ilegalidad manifiesta y el peligro inminente; sumado a la existencia de vías más idóneas tal como el reclamo concreto contra las empresas involucradas”.
En el expediente judicial figura nota remitida por el abogado Rodolfo Cufré, ex director de Empleo y Capacitación de la Secretaría de Trabajo y actual secretario de la Legislatura, donde detalló que a partir del 20 de diciembre del año 2012 se continuaron realizando inspecciones para lograr el fomento de mano de obra local en el terreno provincial y de cada localidad en particular, realizándose inspecciones en todo el territoriorionegrino “tratando de lograr el objetivo propuesto”.
Desde la Procuración General del Poder Judicial se señaló que “los amparistas carecen de legitimación activa, en tanto invocan una calidad nunca acreditada (“presidente” de una asociación), cuestión que debió ser resuelta de modo previo”.
“Como bien se ha señalado en el dictamen de la procuradora general, la cuestión se ofrece como de constatación compleja y además el fomento de las fuentes de trabajo para los rionegrinos es misión que corresponde ser canalizada conforme el diseño de la política institucional que el Poder Ejecutivo decida llevar adelante, en el ámbito apropiado, frente al reclamo de los trabajadores y propiciando la respuesta adecuada de las empresas, conjugando el interés público de proveer trabajo y bienestar para la ciudadanía con el interés privado de las empresas”, argumentó uno de los jueces del Superior Tribunal. (ADN)
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