Ejecutivo insiste: entró en Legislatura proyecto para ampliar el STJ
Viedma (ADN).- El Poder Ejecutivo remitió a la Legislatura rionegrina nuevamente una iniciativa para modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial para ampliar la composición del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, de los actuales tres a cinco miembros. El proyecto insiste con la misma fundamentación que tenía el que fuera rechazado el año anterior «propendiendo ana integración con vocales de ambos sexos y procurando una equilibrada representación de las distintas Circunscripciones Judiciales».
Al argumentar, el Ejecutivo invoca el artículo 202 de la Constitución Provincial, según el cual el Superior Tribunal de Justicia «se compone de un número impar que no es inferior a tres ni superior a cinco miembros. Podrá aumentarse su número o dividirse en Salas por ley que requerirá el voto favorable de los dos tercios del total de los integrantes de la Legislatura”.
En la nota de elevación se aduce que «tan solo en el período comprendido entre los años 1991 a 1995 de la vida institucional del Poder Judicial de esta Provincia, el Superior Tribunal de Justicia estuvo integrado por cinco miembros.»
Seguidamente expresa que «con la composición actual de tres miembros fácilmente se advierte la existencia de una sobrecarga en las actividades jurisdiccionales, institucionales y administrativas que le son propias. Una ampliación del órgano máximo de nuestro sistema judicial permitirá que se cumplimenten mejor las tareas de superintendencia, a la vez que sus fallos tendrán mayor consenso y democratización».
En relación a las funciones jurisdiccionales, señala que «se ha producido un aumento de causas ingresadas en las distintas Secretarías Judiciales. En el año 1993 estando el Superior Tribunal integrado por cinco miembros, ingresaron alrededor de 555 causas, mientras que en el año 2009, con un Superior ya compuesto por tres miembros, ingresaron alrededor de 722 causas, y en el año 2010 han ingresado 824 causas, lo que refleja un aumento progresivo de la actividad jurisdiccional».
Además señala que «en lo que respecta a la actividad institucional y administrativa que lleva adelante el Superior Tribunal de Justicia, que mediante la sanción de la Ley Nº 3696, se creó la Cuarta Circunscripción Judicial en la Provincia, con asiento en la ciudad de Cipolletti, ante la demanda del servicio de justicia en un área que ocupaba una importante actividad jurisdiccional de la Segunda Circunscripción Judicial».
«Ello ha significado la creación de cuatro Cámaras, -una Civil, una de Trabajo y dos Penales-, la creación de siete Juzgados – dos Civiles, dos de Familia y tres de Instrucción- como también la creación de siete Fiscalias y siete Defensorías».
Agrega que «en los últimos años se han creado nuevos organismos jurisdiccionales en las restantes Circunscripciones de la Provincia. La creación de los Fueros de Familia y los Juzgados de Ejecución Penal, la ampliación de cargos en el Ministerio Público, como también la creación de los Centros Judiciales de Mediación, las Casas de Justicia, áreas de Informática y Atención al Ciudadano, han llevado a incrementar notablemente las tareas que desarrolla el máximo Tribunal Provincial».
Asimismo destaca que «el Superior Tribunal de nuestra Provincia junto al de Tierra del Fuego y a la Corte Suprema de Justicia de Catamarca son los únicos máximos Tribunales que cuentan solo con tres magistrados, sin perjuicio de que Río Negro quintuplica y duplica -respectivamente- la población de éstas Provincias (conforme surge de los datos recogidos en el último censo del año 2010)».
Destaca que «el hecho que en las diversas integraciones del Superior Tribunal de Justicia a lo largo de la historia constitucional de nuestra Provincia, ha procurado respetar un equilibrio de representación de las distintas circunscripciones judiciales, las que hasta la sanción de la Ley nº 3696, coincidía con el número de integrantes de los miembros del máximo Tribunal Provincial».
«Ingresando en la consideración de otro de los aspectos sustanciales que la presente iniciativa impulsa, cabe hacer referencia al trascendente cambio de paradigma, que introduce la última reforma de la Constitución Nacional, en relación al principio de igualdad».
La modificación citada consagra «la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios» la que «se garantizará por acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y en el régimen electoral” y seguidamente alude al «cupo del 30% a favor de las mujeres en las listas de candidatos a elecciones nacionales».
En virtud de sus fundamentaciones «el presente proyecto de ley importa: a) Ampliar el numero por mayor demanda jurisdiccional. b) Receptar la representatividad regional en el Alto Cuerpo Judicial, propendiendo que al menos haya un Magistrado que provenga de cada una de las cuatro Circunscripciones Judiciales y c) Receptar la igualdad de generos como una verdadera politica de Estado».
Luego indica que «la presente propuesta además se enmarca en un proyecto integral tendiente a fortalecer el funcionamiento del Poder Judicial y su consecuente servicio de justicia», entre otros argumentos como el que se refiere «a la situacion escalafonaria de 1.100 empleados» y que en virtud de los «reclamos gremiales efectuados, se han dispuesto 500 ascensos luego de realizarse los respectivos concursos».