Otro revés judicial contra policía del ex grupo especial BORA
Viedma (ADN).- La causa iniciada a un policía del ex grupo especial BORA, condenado a cuatro años de prisión por el delito de lesiones gravísimas con un arma reglamentaria a un joven durante un violento operativo, no pasará a consideración federal porque el Superior Tribunal de Justicia denegó hace pocos días esa instancia.El Superior Tribunal de Justicia había confirmado la sentencia de la Sala B de la Cámara en lo Criminal de Viedma que condenó a José Alberto Barriga, acusado del delito de “lesiones gravísimas agravadas por haber sido cometidas con arma y abusando de su función de integrante de una fuerza policial”.
El 24 de agosto del año pasado, la Sala B de la Cámara en lo Criminal de Viedma lo condenó a Barriga.
El Tribunal viedmense tuvo por acreditado que dos efectivos realizaron sus disparos con escopetas Itaka calibre 12/70 con cartuchos AT o PG, mientras que un tercer policía y Barriga lo hicieron con sus pistolas 9 mm. En su momento, Barriga prestó ampliación de declaración indagatoria y, en lo relevante, relató que la víctima pasó corriendo por delante del móvil policial.
Por su parte, en un anterior fallo, el juez superior Sergio Barotto advirtió “el indicio de mendacidad puesto de manifiesto por el imputado, en tanto en su declaración indagatoria con base en una serie de actos que tienen que ver con su relato acerca de cómo salió cada uno de los protagonistas de la camioneta, él en un adecuado último lugar, lo que lo demoró en relación con el resto, dijo que trataba de posicionarse debido a que Q. (policía) se encontraba delante y había disparado y vio que la víctima caía al piso”.
Barotto sustentó: “Además de permitir acreditar el indicio de mendacidad o mala justificación contra José Alberto Barriga -cuanto menos según dos circunstancias fácticas: la realización de disparos y el modo en que se bajaron del vehículo- los testimonios mencionados son útiles para demostrar la mejor consistencia de las manifestaciones de Sergio Q (otro policía), pues este señaló que se bajaron de inmediato los cuatro del vehículo y que efectivamente Barriga efectuó cuanto menos un disparo con arma de fuego”.
Resumió: “La revisión integral de la sentencia en el marco de los agravios deducidos permite sostener la razón suficiente de lo decidido por la Cámara (en lo Criminal de Viedma) en cuanto a la determinación de la autoría de José Alberto Barriga en el hecho reprochado”. (ADN)
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