Jueza intimó a autoridades provinciales por remedios a una nena

Roca (ADN).- La jueza roquense María del Carmen Villalba ordenó al Ministerio de Salud de Río Negro, a la obra social PROFE y al hospital de General Roca que suministren, en cinco días, medicación a una nena asmática y operada del pulmón, como parte de una enfermedad crónica.La magistrada hizo lugar a la acción de amparo que promovió la madre y, además, advirtió a las autoridades que si no cumplen lo dispuesto las sancionará con 500 pesos por cada día de demora.

La madre describió que es una medicación que le han indicado ahora a su hija y que fue al hospital y una empleada del PROFE envió todos los papeles a una farmacia de Viedma. En marzo le entregaron la medicación y el 4 de abril efectuó el nuevo pedido. De PROFE solicitaron en Viedma, pero todavía no tiene respuestas, según afirmó.

Desde PROFE le indicaron que de Viedma le habían informado que le iban a dar la medicación cada tres meses y que la necesita en forma permanente, pero también que ahora está sin remedios y ya tendría que tenerlos ya que es para utilizar en nebulizaciones.

La menor tiene que nebulizarse dos veces en el día, una vez a la mañana y otra a la noche y no la puede interrumpir por lo menos hasta julio de este año.

La jueza Villalba explicó que obra fax del informe del Ministerio de Salud que da cuenta de las gestiones realizadas) solicitud de cotización, a la que se han presentado oferentes y que se estaría a la realización del proyecto de resolución). Y que habría una posibilidad que un proveedor entregara la medicación a la droguería central del Ministerio de Salud, desde donde se remitiría al hospital de General Roca.

Un informe de la médica tratante dio cuenta de “la seriedad de la enfermedad de la menor, que le ha indicado la medicación solicitada en el amparo, que se trata de una medicación inhalatoria, que se administra a través de un nebulizador específico, dos ampollas diarias para nebulizar, por seis meses. Que dicha medicación evita los efectos colaterales de otros medicamentos que se dan por vía oral, a dosis más elevadas. Además, permite, entre otros beneficios, mejorar su calidad de vida”.

“Aún cuando existan múltiples reclamos por las situaciones que se generan ante Salud Pública de Río Negro y PROFE, la problemática expuesta por el amparista requiere una pronta respuesta, no sólo lo exige la necesidad de preservar su salud, sino por todo lo que arriesga el paciente de no darse una respuesta adecuada y concreta. La experiencia demuestra constantemente la angustia por la que transitan los amparistas y ha sido el propio legislador que evaluando el derecho a la salud le ha otorgado valor de garantía constitucional”, remarcó la magistrada roquense.

Agregó: “Como ya se ha dicho en otros antecedentes, no debe permitirse que el derecho a la salud sea una simple declaración de derecho ficticio, sino que debe ser reconocido en la realidad, dando una respuesta adecuada a los pacientes en la forma que lo soliciten los médicos tratantes, en la forma y tiempo que estos indiquen para un mejor tratamiento de la enfermedad, y calidad de vida. Lo contrario se produce con actos administrativos que se prolongan injustificadamente en el tiempo sin atender la gravedad y urgencia que cada caso requiere”.

Consta que el pedido fue realizado por la médica tratante el 10 de enero de 2013 y en marzo le hicieron entrega de la medicación, retrasándose en las restantes entregas. (ADN)

 

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