Advierten que conflictos entre Juzgados impactan contra avances de causas
Roca/Viedma (ADN).- La procuradora general del Poder Judicial, Liliana Piccinini, reiteró este mes lo que dictaminó hace un año sobre conflictos competenciales negativos entre Juzgados rionegrinos por distintas causas y señaló que los principales esfuerzos de los operadores del sistema están destinados a plantear cuestiones formales, antes que procurar avances significativos en las actuaciones.
La futura jueza del STJ recordó que la Procuración General, que actualmente conduce, viene exponiendo reiteradamente al momento de expedirse sobre conflictos competenciales negativos de esta naturaleza que para elucidar la competencia en el proceso penal, la regla básica es “profundizar la investigación a efectos de tener acabadamente establecidas todas las circunstancias que configuran el o los hechos de los que se desprenderá tanto la determinación de la materia como el lugar de comisión del delito”.
Refirió haber indicado que, en cuanto a la competencia territorial, el principio fija que será competente el juez del lugar donde hubiera acaecido el hecho a investigar, con el aditamento ritual que señala para el caso de duda, que corresponderá entender al Tribunal que previno.
“Hago hincapié en ello con el fin de enfatizar que, si bien en el presente caso (denuncia sobre presunta estafa contra la empresa Horizonte) pareciera no existir tal duda acerca de que el hecho, como tal y aún con la precariedad con la que ha sido inicialmente denunciado, de haber existido habría sido consumado en sede de esta Primera Circunscripción Judicial (Viedma); sin embargo no puede pasarse por alto que ante otros conflictos competenciales negativos, en lo que tampoco surgía duda respecto del lugar de comisión (acción, voluntad y resultado dados en un lugar preciso), se reforzaron las consideraciones tendientes a privilegiar y potenciar la tutela efectiva de derechos y la eficacia de la investigación”.
En el caso de puntual análisis, la denunciante-víctima indirecta, de acuerdo a lo que surge de las constancias, reside en General Roca, en tanto el o los hechos habrían sido cometidos presuntamente en la sede de la aseguradora Horizonte, en Viedma.
“De allí que también … la forma más adecuada de satisfacer el interés de la Sociedad y de la víctima, como también de rendirle honor a la economía y la celeridad procesal, sin desmedro del ejercicio de la defensa, pasa por atribuirle la competencia al Magistrado de la Segunda Circunscripción Judicial, en General Roca Debiendo el magistrado sorteado para conocer e instruir la investigación del hecho, primeramente, determinar los extremos que puedan -liminarmente- permitir establecer si se está ante un hecho que posee relevancia penal, encuadrando la materialidad e individualizando a los funcionarios que presuntamente lo cometieran”.
Después de otras consideraciones, Piccinini consignó: “Tal como lo he señalado reiteradamente, el derrotero procesal es evidenciador de que los principales esfuerzos de los operadores del sistema han estado destinados a plantear cuestiones formales, antes que procurar avances significativos en la causa, colocando en crisis la averiguación de la verdad, generando el riesgo de provocar molestias que deben ser mitigadas o evitadas y aletargando innecesariamente las primigenias determinaciones”. (ADN)
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