Condena sin cárcel para padre y dos hijos menores por feroz pelea
Villa Regina (ADN).- La Justicia provincial confirmó la sentencia de la Cámara Tercera en lo Criminal de General Roca que impuso en abril pasado tres años de prisión condicional a un hombre que protagonizó una feroz pelea, acompañado por sus dos hijos menores. Se le reprochó los delitos de lesiones leves en riña, violación de domicilio y amenazas coactivas, agravadas por la participación de menores de 18 años.
El hecho ocurrió el 15 de septiembre de 2008, aproximadamente a las 22:30 horas, en una vivienda de la ciudad de Villa Regina. En esa oportunidad, Rubén Darío P. y dos menores habrían agredido con golpes de puño y patadas a Gerardo Andrés C.
Según consta en el expediente, la agresión la inició el imputado fuera del domicilio y continuó junto a los dos menores, dentro de la vivienda de la víctima, ingresando todos contra la voluntad del agredido y los demás moradores.
En la misma ocasión, el acusado habría amenazado a Lorena Vanesa C., esposa de C. (la víctima), diciéndole: “Si llamás a la Policía vas a ver lo que te va a pasar”, con la finalidad de amedrentarla y causándole temor.
Uno de los jueces del Superior Tribunal de Justicia refirió que la defensa cuestionó y consideró arbitraria la valoración de la prueba que realizó el Tribunal roquense al tener por probado el hecho y la autoría de su defendido, pero señaló que “de una detenida lectura del fallo impugnado surge que el juzgador ha motivado debidamente su decisión en tal sentido, con sustento en las constancias de la causa”.
Entre otras extensas consideraciones, el juez Enrique Mansilla negó que no se haya ponderado la versión dada por los hijos del imputado, en respaldo de lo declarado por su padre en el debate judicial, sino que precisamente el Tribunal roquense tuvo en cuenta que ellos participaron en el suceso investigado y fueron declarados inimputables por la edad que tenían en ese entonces, por lo que consideró que al negar la intervención de su padre que, como se vio, quedó demostrada, no hacían más que utilizar un recurso de uso reiterado según la experiencia de los jueces votantes- consistente en desviar y centrar la comisión de hechos delictivos en menores de edad para diluir o directamente
excluir la propia responsabilidad penal de los adultos intervinientes. (ADN)
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