El Bolsón: Intendente representaría al municipio en polémicas acciones legales
El Bolsón (ADN).- El intendente de El Bolsón, Ricardo García, representaría al municipio en las acciones legales vinculadas con la presunta inconstitucionalidad de una resolución del Concejo Deliberante local y el juicio político a cinco ediles. La posibilidad que el jefe comunal encabece tal representación está contenida en un dictamen emitido hace pocos días por la Procuración General del Poder Judicial.
En el texto judicial se consignó que un grupo de vecinos de El Bolsón, con el patrocinio letrado de la abogada María Teresa Hube, promovió acción de inconstitucionalidad de la resolución Nº 19/13 del Concejo Deliberante de El Bolsón y solicitó el juicio político a cinco concejales por incumplir con lo dispuesto en el Código Ambiental.
No obstante, señaló que “mediante un artilugio se pretende evitar el sometimiento a juicio político decidiendo todo el cuerpo lo que recién después de la etapa de investigación debe decidir el resto de los integrantes del Concejo Deliberante…”.
Por su parte, los concejales Sanna, García, Tornero, Tormann y Tejeiro, con el patrocinio letrado del abogado Miguel Alberto Wisky, contestaron oportunamente la demanda.
Entre otras extensas y pormenorizadas fundamentaciones, el procurador general subrogante, Marcelo Álvarez, estimó que ante este tipo de acciones deberá considerarse principalmente lo estipulado en la carta orgánica municipal respectiva y, en tal sentido, en virtud de la manda expresa del artículo 122 de esa norma, la representación judicial del municipio corresponde al intendente –por sí o por apoderado- y sin perjuicio de lo que se pudiere haber estipulado, ordenanza mediante, con relación al asesor legal.
Álvarez agregó: “Claro que versaba dicho caso acerca de una ordenanza municipal, no de una resolución como la que actualmente nos ocupa. En virtud de ello y considerando además la normativa antes aludida, entiendo que corresponde en este tipo de supuestos integrar la litis con el órgano deliberativo. No obstante, la mentada participación de este órgano no puede traducirse en una respuesta sectorial o particular de sus integrantes, sino que deberá tratarse de una respuesta orgánica del Concejo Deliberante”.
Finalmente, destacó que “en virtud de las prescripciones del artículo 122 de la carta orgánica municipal de El Bolsón, corresponde que sea el intendente quien represente al municipio en las acciones judiciales, sin perjuicio que en supuestos como el que nos ocupan, la litis (o juicio) sea integrada igualmente con el órgano deliberativo, claro que con el alcance expuesto con anterioridad”. (ADN)
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