No compareció por obligaciones alimentarias y jueza vio “desinterés”
San Antonio Oeste (ADN).- En una extensa resolución, la titular del Juzgado de Familia Nº5 de Viedma, Ana Carolina Scoccia, estableció la cuota alimentaria que debe pagar un hombre a una mujer por sus tres hijos, a cargo de ella, correspondientes al 40 por ciento de los ingresos mensuales que percibe como dependiente de una empresa de San Antonio Oeste.
Del expediente se desprende que aquél no compareció en debida forma a las audiencias y, por eso, la magistrada observó un “desinterés manifiesto en el cumplimiento de sus obligaciones alimentarias”.
Según disposición judicial, la suma nunca podrá ser inferior a $1.200, que serán descontados y depositados por el empleador del 1 al 10 de cada mes en una cuenta bancaria a la orden de la madre de los chicos.
Ella inició demanda de alimentos en favor de sus tres hijos, en contra de R.D.L. (operario jornalizado) y en el año 2010 fue homologado el acuerdo de tenencia y visitas al que arribaron las partes en instancia de mediación.
Ahora, la jueza aludió a dos artículos del Código Civil por “el deber alimentario respecto de los hijos menores de edad cae dentro de un régimen especial, una de cuyas notas características es que no tienen que demostrar el estado de necesidad para obtener la prestación alimentaria, toda vez que el derecho surge de las normas que regulan los derechos y deberes de la patria potestad”. (ADN)
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