En sumarios de área de Trabajo no es obligatorio control previo de Fiscalía

Cinco Saltos (ADN).- En los trámites de sumarios laborales que realice la Secretaría de Trabajo de Río Negro no será obligatorio el control de legalidad previo de la Fiscalía de Estado en relación a los proyectos de actos sancionatorios. No obstante, habrá exhaustivo control en la instancia de notificación del proceso.

La resolución 142 de la Fiscalía de Estado establece, además, que la máxima autoridad de la entidad tramitante podrá requerir el control previo de legalidad de los proyectos de actos administrativos cuando “las singularidades, novedad o trascendencia del caso lo justifiquen, debiendo expresar tales circunstancias en la nota de elevación”.

Según la medida oficial, cuando la intervención de la Fiscalía de Estado hubiera sido recomendada fundadamente por el servicio de asesoramiento legal permanente de la entidad, la elevación a aquél organismo para control previo será obligatoria.

La resolución rige desde ayer y fue formalmente comunicada al gobernador, ministros, presidentes de los poderes Legislativo y Judicial y titulares de cinco organismos de diversos ámbitos.

Entre los fundamentos, se consideró conveniente respecto de los actos administrativos sancionatorios que la emisión de la vista previa no resulte obligatoria en la instancia de proyecto, pero “sin desmedro del control exhaustivo que se realice en la instancia de notificación, es decir antes que el acto surta efectos en cuando al sumariado”. (ADN)

 

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