Definieron en la Justicia de Río Negro presunto cobro abusivo de crédito

Viedma (ADN).- No avanzaron en la Justicia rionegrina los recursos de casación que presentaron el Banco Hipotecario SA y el Estado Nacional contra la sentencia que los condenó, hace un año, a pagar a un cliente de la entidad bancaria una suma determinada por presunto cobro abusivo en una operación crediticia.

Por su parte, el apoderado del Estado Nacional se agravió de la modificación efectuada por una Cámara rionegrina al pronunciamiento de primera instancia, en cuanto dispuso incluir a su parte en la condena.

En ese sentido, alegó que la demandada (BH SA) incurrió en una esencial contradicción, ya que por un lado pidió que se anule el fallo de primera instancia (por considerar que no se expidió sobre la responsabilidad del Estado Nacional) y por el otro, requirió su revocación (que se condene únicamente al Estado Nacional sobre la procedencia de la demanda).

También señaló que “la Cámara no observó la contradicción de la demanda, que inicialmente pide que se condene únicamente al Estado Nacional y, por otra, cuando ataca la sentencia de primera instancia- solicita que se comparta la responsabilidad con su parte”.

El apoderado oficial recordó un anterior caso, de un cliente del Banco Hipotecario de Viedma, donde se desobligó al Estado Nacional de toda responsabilidad, condenando únicamente al banco privado a satisfacer el reclamo de la demanda.

Para la parte demandada (BH SA), la sentencia de Cámara “adolece de juridicidad y es arbitraria e ilegal, con el agravante de que no ha resuelto sobre expresas solicitudes de su parte” y refirió el caso que estableció que la deuda determinada debe ser asumida por cada una de los demandados condenados.

Al analizar este caso, el juez rionegrino Ricardo Apcarián observó que en los tres primeros agravios dicha parte intenta demostrar supuestas contradicciones en que habría incurrido la demandada (Banco Hipotecario SA) durante el proceso, que invalidarían el pronunciamiento de Cámara, pero señaló que “omite atacar en forma concreta su propia calidad de legitimado para ser traído al presente juicio y la consecuente posibilidad de ser incluido en la condena, cuestiones que son preliminares y dirimentes en el presente proceso”.

Señaló que al momento de comparecer al juicio y al apelar la sentencia de primera instancia, el Banco incurre en “graves contradicciones, porque por un lado pide que se condene a su parte y por otro solicita el rechazo de demanda (cuando esa petición debió efectuarla en forma subsidiaria)”. (ADN)

 

ADN