Fondo Vivienda: Legisladores confirman irregularidades en rendición de APEL
Viedma (ADN).- La Comisión Especial de Control Externo de la Gestión Administrativa del Tribunal de Cuentas, responsable de auditar los Fondos para la Vivienda, confirmó que las rendiciones presentadas por Alejandro Gatica, titular de APEL, están fuera de término, que no se cumplieron “normas contables” y que la documentación respaldatoria de los gastos obrantes es incompleta.
Ayer se reunió esta comisión que en forma unánime resolvió realizar un análisis exhaustivo de lo presentado por el gremio, pero también recomendó a la Legislatura, Tribunal de Cuentas, Fiscalía de Investigaciones y Defensoría del Pueblo, suspender en forma preventiva el envío mensual de estos fondos.
La comisión auditora de estos fondos públicos está integrada por los legisladores Ricardo Daniel Arroyo (presidente), Norma Susana Dellapitima, Jorge Raúl Barragán, Luis Mario Bartorelli, todos del FpV; Bautista José Mendioroz y Francisco Javier González de la UCR y Ricardo Ledo, de Unidos por Río Negro.
En parte del acta de la reunión de ayer se dice que en la rendición N° 2 “se puede observar que la documentación respaldatoria de los gastos obrantes es incompleta, a los efectos de poder realizar un control exhaustivo respecto al cumplimiento de la ley de procedimiento administrativo y fiscal, como por ejemplo: no se visualizan las retenciones que deben aplicarse, en caso de corresponder, en conceptos de ingresos brutos, impuestos a las ganancias, Impuesto al valor agregado”.
“Asimismo, no se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 3186, tales son los casos:
– falta de pedido de precios, a los efectos de comparar la razonabilidad de los valores de mercado.
– no se visualiza documentación que permita verificar la modalidad de contratación para el caso de la adquisición del inmueble y adquisición de lotes, en cumplimiento al Artículo 6° y 7° del Anexo 1 de la resolución04/10.
“En virtud que los saldos pendientes por convenios y /o contratos de ejecución (Resolución 04/10, Disposición transitoria Artículo 21°) se cancelan utilizando este fondo, es conveniente que se adjunte la información correspondiente, tal es el caso de los sorteos realizados entre los empleados legislativos para la adjudicación de los terrenos – Plan 209 viviendas”, se agrega.
Además se explicó que “las tareas de análisis de esta Comisión se encuentran limitadas por carecer de información que permita verificar el cumplimiento de leyes que deben aplicarse cuando se realizan determinadas transacciones utilizando fondos públicos”.
Por último, resulta oportuno aclarar el concepto del fondo que se transfiere desde los organismos dependientes del Poder Legislativo a APEL, en cumplimiento de la Resolución 04/10 que es una transferencia en la que Asociación tiene la responsabilidad de administrar dicho fondo, estos siguen siendo fondos públicos. Es decir su administración por más que no la haga el propio Estado, debe seguir realizándose en un todo de acuerdo a las normas de una sana administración financiera y contable que rigen en la materia, cumpliendo a rajatabla lo dispuesto por la Ley N° 3186, sus modificatorias y su reglamentación.
Por la argumentación anterior la Comisión resolvió además solicitar informes a la Asociación Personal de Empleados Legislativos APEL, a los efectos de profundizar los análisis realizados e invitar en futuras oportunidades a la Comisión Directiva de la Asociación Personal de Empleados Legislativos APEL para que realicen los descargos y aclaraciones necesarias.