Dictamen judicial en favor del IPROSS. Operación costaba $18.000 y pagó la mitad
Viedma (ADN).- Un procurador ad hoc sugirió, el 27 de enero, al Superior Tribunal de Justicia que rechace el recurso de amparo que promovió un afiliado del IPROSS para que le cubra la cirugía de alta miopía con implante de lente. La intervención quirúrgica fue presupuestada en $ 18.000 y el IPROSS autorizó $ 9.250.
El abogado viedmense Néstor Torres, actuando de procurador, dictaminó que en este caso no se dan los requisitos de procedencia de la acción ante la falta de “una palmaria y arbitraria violación de derechos y la inexistencia de arbitrariedad o ilegitimidad en el actuar de la demandada” obra social rionegrina.
El recurso de apelación por estas actuaciones fue interpuesto por el apoderado de la Fiscalía de Estado, Francisco María López Raffo, contra la sentencia de la jueza Margarita M. de Carrasco, titular del Juzgado de Instrucción Nº VI de General Roca, por la que se hace lugar a la acción de amparo promovida por M.H.C.
La obra social propuso el reconocimiento del pago parcial de la intervención, la cual fue rechazada por el amparista por “no contar con los recursos económicos suficientes para realizar el pago del monto restante.
Según se desprende del expediente judicial, una médica oftalmóloga indicó la cirugía solicitada por el amparista, siendo el monto presupuestado de $18.000 y acompañó constancia del reconocimiento efectuado por parte de la obra social por $ 9.250 por todo concepto y copia de fax en el cual se le sugirió realizar “interconsulta con otro centro prestador”.
Al analizar planteos y después de extensas consideraciones, Torres concluyó que en este caso no se dan “los requisitos de procedencia de la acción ante la falta de una palmaria y arbitraria violación de derechos y la inexistencia de arbitrariedad o ilegitimidad en el actuar de la demanda” entendiendo además que “no se dan en autos las condiciones de procedencia de la acción” de amparo formulada por el afiliado del IPROSS.(ADN)