Jueces rechazan acción de inconstitucionalidad que inició defensora
Villa Regina (ADN).- Jueces del Superior Tribunal de Justicia rechazaron la acción de inconstitucionalidad que presentó la defensora del Pueblo, abogada y escribana Nadina Mariel Díaz, contra el artículo 50, última parte, de la Ley G 4193, de los notarios, relativo a los adscriptos en esa profesión. La norma establece que podrán ser removidos por el Poder Ejecutivo a sola solicitud del titular del Registro Notarial y sin que sea necesaria invocación de causa alguna.
Díaz pretendía un pronunciamiento judicial de inconstitucionalidad de un artículo de la Ley G 4193 y del decreto provincial Nº 1830/12, que la removió como escribana adscripta del Registro Notarial Nº 9 de Villa Regina.
Explicó que fue designada en ese carácter por el decreto Nº 1075/10, actividad que ejerció sin recibir sanciones disciplinarias y que, por resolución Nº 327/12, la Legislatura provincial la designó en el cargo de defensora del Pueblo (período 2012-2017) y que a raíz de ello el Colegio Notarial le concedió licencia en la función.
Relató que fue removida de la adscripción y, respecto al artículo 50, última parte de la Ley G 4193, señaló que al permitir la remoción del adscripto por la mera solicitud del titular, coloca a todo notario adscripto en una situación de precariedad funcional.
Un dictamen de la Procuración General propuso el rechazo de la acción de inconstitucionalidad planteada, con imposición de costas, porque advirtió que “no obstante el esfuerzo discursivo, la presentación de la accionante no logra evidenciar y probar de qué modo la normativa aludida repugna, desconoce o vulnera los postulados constitucionales mencionados”.
El organismo consideró que “no se ha puesto en evidencia de modo claro y concreto de qué modo se habrían vulnerado los principios y garantías constitucionales” y “no se ha explicitado claramente la ausencia de razonabilidad de la medida adoptada sobre la base de la normativa cuestionada, que ponga a la luz la afectación de la garantía de igualdad frente a la ley”. (ADN)