Confirman absolución de pena para menor que hace 10 años cometió delitos
Roca (ADN).- Jueces del Superior Tribunal de Justicia confirmaron la sentencia de la Cámara Segunda en lo Criminal de General Roca que declaró a un menor de edad -tenía 16 años- de los delitos de robo con armas y portación de arma de uso civil sin la debida autorización legal, pero lo absolvió de la pena correspondiente.
Contra esa decisión, la fiscal de Cámara Laura Pérez expuso como agravios concretos que la absolución de pena se funda “en base a que desde el hecho hasta transcurridos tres años plazo, absolutamente arbitrario seleccionado por el Tribunal sin
fundamento legal alguno, el imputado “no cometió antecedentes”. Actualmente, tiene 26 años.
Refirió que “no se puede omitir considerar que el tratamiento tutelar fracasó, conforme lo da por probado el Tribunal de juicio, que las características del hecho son de gravedad, y que el imputado no ha mostrado arrepentimiento ni actitud condoliente durante el debate y tras el presente caso registra otros procesos penales”.
Pérez estimó que “la absolución de pena dispuesta por el Tribunal es arbitraria y contraria a derecho y debe ser revocada, disponiéndose la condena de M.M.I. en orden al delito por el que fue declarado responsable…”.
Entre otras extensas consideraciones, uno de los jueces del STJ afirmó que “…este Superior Tribunal de Justicia da estricto cumplimiento a las garantías constitucionales, sin que pueda extraerse de ello que se acuerda con la valoración, encuadramiento y resolución que realizó la Cámara en lo Criminal sobre la cuestión vinculada con la imposición de pena”. (ADN)