Cámara de Roca examinó otra instancia de demanda contra ex coordinador
Roca (ADN).- La Cámara del Trabajo de General Roca analizó el 28 de marzo la demanda que efectuó el ex coordinador general de la Casa de la Cultura, Eduardo De París contra la entidad por posibles diferencias salariales.
En noviembre del 2012, la entonces comisión directiva de Casa de la Cultura de Roca inició acción civil y penal contra De París, por un presunto faltante de $ 33.933,81 durante su gestión.
Hace pocos días, la Cámara laboral roquense examinó el caso y en el expediente se refirió que las diferencias salariales reclamadas datan del periodo de enero de 2009 a febrero 2010.
También se apuntó que De París “comenzó con el inicio del intercambio epistolar en el mes de febrero de 2012, encontrándose prescriptos los periodos anteriores mencionados”.
Del cotejo del expediente surge que se reclaman en demanda diferencias salariales desde enero del 2009 hasta diciembre de 2011, además de las indemnizaciones derivadas del “despido indirecto operado en febrero 2012”.
También consta en el expediente que “en relación a denuncia penal por defraudación planteada por su parte en contra del actor (De París), por hechos vinculados a esta causa” y se refiere que “conforme haber recibido el balance de Casa de la Cultura del año 2011, se advirtió la existencia de un faltante en efectivo por la suma de $.33.933,81 -entre otras consideraciones- motivo por el cual la actual gestión de Casa de la Cultura resolvió llevar adelante una denuncia de carácter penal el 16-10-2012, por un caso especial de defraudación del artículo 173 inciso7 del CP, imputando como autor del hecho a Eduardo De Paris, la que tramita por expediente N°2R0-39241- MP 2012 Riera Waldemar Santos c/De Paris Eduardo sobre estafa en perjuicio de Casa de la Cultura”.
Se refiere además que se dio inicio a una acción de rendición de cuentas en sede civil en autos:»Casa de la Cultura contra De Paris Eduardo s/rendición de cuentas», en fecha 17 de octubre de 2012, a fin de que expliquen los faltantes así como las irregularidades descriptas, solicitando tenga en cuenta el Tribunal la complejidad de los hechos denunciados, la relevancia de los montos y la íntima conexión entre estos procesos, lo que amerita la excepción de litispendencia”. (ADN)