Jueces dicen que alumno Down “no está en condiciones de comenzar estudios primarios”
Catriel (ADN).- En una resolución, los jueces Marcelo Gutiérrez, María Alicia Favot y Luis Méndez consideraron que un chico con síndrome de Down, de 5 años, que asiste a un jardín de infantes de Catriel, pero que fue egresado por autoridades del CPE, se encuentra afectado en el derecho a la educación.
Explicaron que el niño “no se encuentra en condiciones de comenzar los estudios primarios” y que sus padres, que presentaron un amparo, se encuentran facultados para impulsar la acción.
En este caso, los jueces observaron que el niño asiste al jardín de infantes y tiene además el seguimiento de una escuela especial contando con el apoyo de una MAI (maestra acompañante integradora) y con los profesionales del centro terapéutico Vida Nueva, quienes en conjunto coinciden en que el menor debería volver a cursar la sala de cinco años durante el presente ciclo lectivo, tal como surgen de informes.
Entre la documentación, refirieron que se destaca el informe terapéutico de la Institución Vida Nueva que dice “consideramos de suma importancia la permanencia del niño en la sala de 5 años, lo que le permitirá seguir creciendo emocionalmente a través de la vinculación e interacción junto a sus pares; en la organización de su esquema corporal, de las nociones espaciales, de las praxis manuales, y en el desarrollo de su comunicación”.
“Por último, todo lo anteriormente mencionado redundaría en el progresivo proceso de individualización y socialización del niño”, agregaron los magistrados.
Indicaron que la aplicación estricta de la resolución 122/10 del Consejo Federal de Educación constituye en este caso “una apreciación errónea por parte del Consejo Provincial de Educación, ya que no se tiene en cuenta las particularidades del caso concreto, máxime luego de que le fueron comunicados todos los informes de los profesionales que asisten al menor. Teniendo en consideración que son ellos los que están permanentemente en contacto con el desarrollo y evolución del menor, por lo cual son los más aptos para determinar las condiciones más favorables para su progreso y crecimiento”.
Finalmente, los jueces cipoleños destacaron que el interés superior del menor es permanecer durante el ciclo lectivo 2014 en la sala de 5 años del jardín de infantes Arco Irirs, de la escuela cooperativa de Catriel, no siéndole aplicable la resolución 122/10.
Jueces avalan permanencia de alumno con síndrome de Down en jardín infantes
Jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de Cipolletti hicieron lugar al recurso de amparo que presentaron los padres de un menor con síndrome de Down para que permanezca cursando en la sala de cinco años en el jardín de infantes Arco Iris de la ciudad de Catriel durante el ciclo lectivo 2014.
El fallo de los jueces cipoleños data del 14 de este mes.
Los padres del menor formularon una acción de amparo contra el Ministerio de Educación de Río Negro, con el objeto de que se deje sin efecto lo dispuesto por la secretaria pedagógica Claudia Chálabe, que determinó la imposibilidad de que el menor pueda cursar el nivel inicial, sala de 5 años, nuevamente en el jardín Arco Iris, Escuela Cooperativa de Catriel, durante el actual ciclo lectivo.
Expresaron que los informes del propio jardín, de la Escuela Especial Nº 10 y de los profesionales que asisten al menor, aconsejan la necesidad de que continúe durante el ciclo escolar del año 2014 en el jardín Arco Iris, con el acompañamiento de la escuela especial y el acompañante terapéutico.
Solicitaron una medida cautelar de no innovar, restituyéndose el “estatus quo” a la situación anterior a lo resuelto por la demandada y se ordene permitir el comienzo escolar del menor.
El chico, de 5 años, tiene síndrome de Down desde su nacimiento, y desde los 4 asiste al jardín Arco Iris, a raíz de un proyecto de inclusión, con el apoyo y seguimiento de la Escuela Especial Nº 10, que durante el año 2013 concurrió a sala de 5 años.
Durante este proceso todos los profesionales que lo asisten coincidieron en los avances que ha logrado, según mencionó el expediente judicial. En todo el trayecto escolar el alumno estuvo acompañado por sus padres, por el equipo interdisciplinario Vida Nueva (concurre una vez por semana en la ciudad de Neuquén), por el acompañante terapéutico y el seguimiento que hace la Escuela Especial de la ciudad de Catriel.
En noviembre de 2013 todos ellos manifestaron que el chico no reúne los requisitos para egresarlo y continuara con su escolarización en el nivel primario. Sin perjuicio de ello, y por decisión de la directora del jardín, se procedió a egresarlo hasta tanto se solucione el tema de la permanencia.
Relataron que el 13/11/2013, se llevó a cabo una reunión entre los padres, la directora del Jardín y la Escuela Especial Nº 10, la cual queda transcripta en el acta Nº 5/13, en la que se dejó plasmado que no se le permite a B la permanencia en el Jardín en atención a que la legislación vigente lo prohíbe.
El 26/02/2014, en reunión de los padres con la directora, ésta manifestó su acuerdo con la continuidad de B, en virtud de ello se procedió a elevar la documentación al Ministerio de Educación a fin de que resuelva la situación. Finalmente, por nota 002/14, se le informó a los padres que la secretaria pedagógica Claudia Chábale, del Área de Educación Privada, avaló el egreso de B y dispuso que deba iniciar el nivel primario durante el año en curso.
“Dicha nota lo único que hace es transcribir parte de la resolución 122/10 del Consejo Federal de Educación, sin siquiera evaluar los informes que le fueron remitidos, que fue tomada careciendo de razonabilidad, por cuanto no contempla los derechos constitucionales vulnerados en el caso (derecho a la educación, igualdad, interés superior del niño)”.
Por su parte, representantes del Ministerio de Educación informaron que luego de analizados los informes respectivos se procedió a denegar el pedido de los padres, avalando el egreso de B en virtud de la normativa provincial y nacional vigente.
En su momento, la defensora de Menores e Incapaces expresó su opinión acerca de hacer lugar a la acción de amparo. (ADN)