Bariloche: procesan a una mujer por usurpación
Bariloche.- El juez de Instrucción Penal Marcos Burgos ordenó el procesamiento sin prisión preventiva de una mujer por el delito de usurpación y dispuso en forma cautelar la restitución del departamento 27 del Edificio 5, sito en el primer piso del Barrio “154 Viviendas” a su propietaria. Ayer se cumplimentó la medida con intervención de la Comisaría 28º .
El Magistrado imputó a la mujer y de acuerdo a la requisitoria de instrucción del Fiscal Guillermo Lista, haber ingresado en la madrugada del sábado 24 de mayo de 2014, alrededor de las 01,30 a 02,00hs. con la ayuda de tres personas, cuyas identidades se desconocen, y previo violentar una ventana al departamento aludido. En la ocasión la imputada valiéndose de una escalera colocada desde la parte externa, ingresó por la ventana junto a su hijo menor, sin autorización alguna, despojando del inmueble a sus poseedores, quienes se habían ausentado en forma temporaria a la zona del Alto Valle. Los dueños del departamento regresaron a la localidad atento el llamado de vecinos que los alertaron de la situación.-
Al momento de ser indagada la mujer relató al Tribunal que ocupó el inmueble por no tener donde vivir, encontrándose sola con un hijo de seis años y un embarazo en curso, entre otros conceptos.
Ha consignado el Juez Burgos: «.. Ha quedado probado con la provisoriedad propia de la instrucción que la mujer imputada ocupó ilícitamente el inmueble. En este sentido detalló los elementos probatorios analizados, entre ellos, informe de la Policía, Constancias de I.P.P.V., pluralidad de testimonios, Actas de constatación etc.
Con relación a la situación de indigencia puesta de relevancia por la mujer imputada, dijo: “…La encartada alude a un estado de indigencia y abandono, el cual sin embargo no constituye ninguna de las causales de justificación previstas por la ley. En este caso, las dificultades que atraviesa podrían ser ponderadas a la hora de fijar una eventual condena; pero no por ello encuadran en los previsto por el art. 34, inc. 3º, del Código Penal.
PODER JUDICIAL