Jueces avalan pagar $20.000 a ingeniero por pericias. Provincia apeló ese monto
Roca (ADN).- La participación de un ingeniero en una serie de pericias efectuadas en las instalaciones eléctricas de una escuela secundaria de General Roca insumió una retribución de $20.000, que fue finalmente avalada por jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería.
Es parte de un acción de amparo que tuvo un año de tramitación. El 26 de junio los jueces roquenses refirieron que una magistrada actuante destacó que “la participación en audiencias, el ahínco puesto para solucionar la problemática, su protagonismo en el acto de inspección ocular, el tiempo que le insumió la labor en este expediente, su compromiso, etc., todo lo que le lleva a estimar una retribución de $ 20.000”.
Representantes de la provincia, condenada en costas, apelaron los honorarios regulados al perito ingeniero actuante en la causa, por entenderlos “altos y no existir monto base para determinarlos”. En el mismo escrito solicitaron se dé traslado de los gastos solicitados por el experto, dejándolos impugnados y plantearon nulidad y/o apelación».
Concedido el recurso arancelario, y en relación el atinente a los gastos, poniendo los autos en Secretaría a los fines de su fundamentación, la provincia condenada no cumplió con tal carga, por lo que se declaró desierto el recurso referido a los gastos y que la única cuestión que convocó es al apelación arancelaria.
“Reiteradamente hemos expresado que resultaría útil que quienes se dicen disconformes con la retribución que asigna el grado, dieran fundamentos para su consideración. No se han dado en el caso, más que la invocación de que no existe monto base”, afirmó la jueza roquense Adriana Mariani.
Se trató de una acción de amparo que tuvo una extensa tramitación (un año) y fue
requerido por un grupo de padres de alumnos que concurren al Centro de Educación Técnica Nº Uno de General Roca, en virtud de considerar que no se daban las condiciones de seguridad para que los hijos asistieran a esa institución.
Cautelarmente, una magistrada suspendió la actividad en los talleres hasta tanto existiera informe técnico del estado de la instalación eléctrica, fundamentalmente, sin perjuicio de entender que la competencia correspondía al Superior Tribunal de Justicia.
En abril de 2013 se designó perito al ingeniero electricista Julio A Delord, quien “prontamente se abocó a su función, produciendo un primer informe en el mismo mes, ampliándolo y dándole a la magistrada razones para mantener la medida cautelar que había dispuesto”.
Luego de otras instancias, la jueza actuante levantó la medida cautelar y habilitó las instalaciones para el dictado de clases, el 27 de noviembre de 2013.
Obra en el expediente un nuevo informe del ingeniero Delord, que dio cuenta de un incidente , dando nuevamente pautas y señalando trabajos pendientes.
Concurrió también a la audiencia fijada por el Tribunal y a la inspección ocular del 25 de febrero de 2014, informando en ese acto y asesorando respecto de las reparaciones efectuadas.
En la resolución que determinó la retribución del experto, “la magistrada hace mérito de la labor, indicando que no sólo se limitó a informes periciales cuando le fueron requeridos sino que también llevó a cabo funciones de asesoramiento a la empresa que realizó los trabajos de reparación y al cuerpo docente del Instituto para lograr cabal conocimiento del peligro que entrañaba el lugar y las soluciones que se fueron realizando. Destaca también la participación en audiencias, el ahínco puesto para solucionar la problemática, su protagonismo en el acto de inspección ocular, el tiempo que le insumió la labor en este expediente, su compromiso, etc., todo lo que le lleva a estimar una retribución de $ 20.000”.
“Comparto la merituación que se hace en el grado. La cuestión ha transitado por carriles que han requerido una participación profusa y una labor extensísima del perito que justifica la retribución asignada”, consignó Mariani.
Agregó: “No existe norma arancelaria que oriente a los efectos de fijar honorarios a los ingenieros cuando actúan como peritos judiciales. Tampoco en el caso monto de proceso para la ecuación, por lo que entiendo que bien pueden tomarse por analogía las pautas del artículo 6 de la ley arancelaria de los abogados, que manda tener en cuenta a naturaleza y complejidad del asunto o proceso, el resultado…, el mérito de la labor profesional, apreciada por la calidad, eficacia y extensión del trabajo…, la trascendencia jurídica, moral y económica que tuviere el asunto o proceso…».
Mariani explicó también que “en el caso, la cuestión estaba enderezada a dar seguridad a docentes, no docentes y alumnos en los talleres escolares en los que se manipulan elementos y aparatos que funcionan con electricidad, habiéndose puesto de manifiesto las omisiones y riesgos existentes, insumiendo su solución tiempo, trámite y seguramente recursos.”.
“La provincia condenada en costas pudo evitar llegar a esta instancia y también realizar las reparaciones y adecuaciones que finalmente se cumplimentaron a lo largo de un año, con lo cual hubiese evitado, o al menos morigerado, a retribución que ahora cuestiona. No encuentro razones para disminuir los honorarios fijados al perito, en tanto que la acción que nos ocupa tiene carácter excepcional en su tramitación. Y la quejosa no da razones ni fundamentos para entender alta la remuneración”, concluyó la jueza roquense. (ADN)