Ahora, Di Giacomo intervino el Circulo Policial Valletano de General Roca
Roca (ADN).- El ministro de Gobierno de Río Negro, Luis Di Giacomo, intervino la Asociación Civil Circulo Policial Valletano de suboficiales y agentes de la Policía provincial, con sede en General Roca, con el propósito de “normalizar su funcionamiento”. La entidad tiene personería jurídica desde el 21 de enero de 2003. Ahora, se señaló una presunta irregularidad en la venta y construcción de viviendas.
Por la resolución 807, firmada el 8 de este mes por Di Giacomo, quedó designado interventor, con carácter ad honorem, Nelson Oscar Gutiérrez, quien deberá ajustar su actuación a las instrucciones que le imparta la Inspección General de Personas Jurídicas.
En la documentación oficial se consignó que socios de la Asociación Circulo Policial Valletano de Suboficiales y agentes de Policía de la provincia de Río Negro, conjuntamente con su abogada patrocinante, presentaron ante la Inspección General de Personas Jurídicas denuncia contra la entidad y solicitaron que se designe un interventor.
En el procedimiento que Inspección General de Personas Jurídicas efectuó el 27 de julio de 2012 sobre los libros sociales y contables de la entidad, se observó que “no se dio cumplimiento al objeto social de la entidad de acuerdo a lo establecido en el estatuto de la misma”.
“En el informe realizado de la inspección de los libros se detalla que mediante acta de reunión de comisión directiva de fecha 29/12/2008 se trató, consideró y aprobó la escrituración traslativa de dominio de las tierras ubicadas en la ciudad de Choele Choel, a favor del Circulo Policial” y que “por acta de comisión directiva de fecha 28/09/2009 se otorgó al maestro mayor de obras a cargo de la dirección del proyecto 105 viviendas de la ciudad de General Roca para que realice tramites de presentación del anteproyecto, plano de obra y todo aquello inherente a su función para el plan de viviendas de Choele Choel”.
Otro párrafo de la resolución gubernamental puntualizó que “en este escenario habiéndose realizado un estudio pormenorizado de las decisiones tomadas por la comisión directiva y reflejadas en la documentación contable, dan cuenta de la actividad llevada adelante por la institución consistente en la venta y posterior construcción de viviendas a favor de los asociados en una flagrante violación del artículo 2° de los estatutos sociales, como así también de la normativa provincial y nacional que prohíben expresamente la existencia de lucro en las entidades de este tipo de naturaleza jurídica artículo 33° del Código Civil”. (ADN)